INVERSIONES SADE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2022
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $29.015.341.567 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaria Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, certifico que, por escritura pública otorgada el 03/10/2022, ante mi, ALBERTO MANUEL AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Camino Las Flores 10479, departamento 103, comuna de Las Condes; EDUARDO MIGUEL AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Avenida José Alcalde Délano 10200, Edificio Aria, departamento 31, comuna de Lo Barnechea; DANIEL JACK AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Camino Las Flores 10479, departamento 301, comuna de Las Condes; MICHELLE SARAH ZELDIS AVAYÚ, domiciliada en El Temporal 14088, comuna de Lo Barnechea; DENISE ELISA ZELDIS AVAYÚ, domiciliada en Camino Piedra Roja 1569, casa D, comuna de Las Condes, JOSÉ ALEJANDRO ALAZRAKI AVAYÚ, domiciliado en Pedro Canga 166, San Isidro, Lima, Perú; y ARIEL DAVID BORZUTZKY AVAYÚ, domiciliado en Ramat Beit Shemesh, Nachal Gilo 4, departamento 2, Jerusalén, Israel, modificaron INVERSIONES SADE LIMITADA, inscrita a fojas 73.828, número 48.713, Registro Comercio Santiago año 2013, en los siguientes términos: 1) Con fecha 30/04/2021 falleció doña Susana Rosa Avayú Guiloff. Como consecuencia de su fallecimiento la participación que tenía en la sociedad Inversiones Sade Limitada, ascendente al 25% aproximadamente de los derechos en el capital social, se produce un cambio en la composición societaria, en el sentido que la comunidad hereditaria compuesta por MICHELLE SARAH ZELDIS AVAYÚ, DENISE ELISA ZELDIS AVAYÚ, JOSE ALEJANDRO ALAZRAKI AVAYÚ y ARIEL DAVID BORZUTZKY AVAYÚ reemplazan y sustituyen a doña SUSANA ROSA AVAYÚ GUILOFF en su calidad de socia de Inversiones Sade Limitada. 2) Se aumenta el capital de $29.015.341.567.- a $32.675.341.567.-, es decir, en $3.660.000.000.-. Dicho aumento de capital se efectúa con el aporte en dinero efectivo ascendente a $915.000.000 que realizará cada uno de los socios, en un plazo de 5 días bancarios a contar del día 03/10/2022. 3) En virtud del cambio en la composición societaria y el aumento de capital, socios acuerdan reemplazar el artículo 5° del pacto social relativo al capital, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta y dos mil seiscientos setenta y cinco millones trescientos cuarenta y un mil quinientos sesenta y siete pesos, que los socios han aportado, pagado, enterado y aportan, pagarán y enterarán en dinero efectivo, de la siguiente forma: cinco.uno.uno) Don Alberto Manuel Avayú Guiloff aportó, pagó y enteró con anterioridad a la fecha de la presente escritura, la cantidad de siete mil doscientos cincuenta y tres millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos noventa y dos pesos; cinco.uno.dos) Don Alberto Manuel Avayú Guiloff aporta, pagará y enterará la cantidad de novecientos quince millones de pesos dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios a contar de la fecha del presente instrumento; cinco.dos.uno) Don Eduardo Miguel Avayú Guiloff aportó, pagó y enteró con anterioridad a la fecha de la presente escritura, la cantidad de siete mil doscientos cincuenta y tres millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos noventa y un pesos; cinco.dos.dos) Don Eduardo Miguel Avayú Guiloff aporta, pagará y enterará la cantidad de novecientos quince millones de pesos dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios a contar de la fecha del presente instrumento; cinco.tres.uno) Don Daniel Jack Avayú Guiloff aportó, pagó y enteró con anterioridad a la fecha de la presente escritura, la cantidad de siete mil doscientos cincuenta y tres millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos noventa y dos pesos; cinco.tres.dos) Don Daniel Jack Avayú Guiloff aporta, pagará y enterará la cantidad de novecientos quince millones de pesos dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios a contar de la fecha del presente instrumento; cinco.cuatro.uno) La causante, doña Susana Rosa Avayú Guiloff, de la comunidad hereditaria de doña Susana Rosa Avayú Guiloff compuesta por don José Alejandro Alazraki Avayú, doña Michelle Sarah Zeldis Avayú, doña Denise Elisa Zeldis Avayú y don Ariel David Borzutzky Avayú aportó, pagó y enteró con anterioridad a la fecha de la presente escritura, la cantidad de siete mil doscientos cincuenta y tres millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos noventa y dos pesos; cinco.cuatro.dos) La comunidad hereditaria de doña Susana Rosa Avayú Guiloff compuesta por don José Alejandro Alazraki Avayú, doña Michelle Sarah Zeldis Avayú, doña Denise Elisa Zeldis Avayú y don Ariel David Borzutzky Avayú aporta, pagará y enterará la cantidad de novecientos quince millones de pesos dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios a contar de la fecha del presente instrumento. De esta forma, las participaciones de los socios en la sociedad son las siguientes: don Alberto Manuel Avayú Guiloff, con un veinticinco por ciento aproximadamente de los derechos en el capital social; don Eduardo Miguel Avayú Guiloff, con un veinticinco por ciento aproximadamente de los derechos en el capital social; don Daniel Jack Avayú Guiloff, con un veinticinco por ciento aproximadamente de los derechos en el capital social, y, la comunidad hereditaria de doña Susana Rosa Avayú Guiloff compuesta por don José Alejandro Alazraki Avayú, doña Michelle Sarah Zeldis Avayú, doña Denise Elisa Zeldis Avayú y don Ariel David Borzutzky Avayú, con un veinticinco por ciento aproximadamente de los derechos en el capital social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada quedando la responsabilidad de los socios limitada a la de sus respectivos aportes. Santiago, 07 de noviembre de 2022.