Sociedad Agrícola Agroberries Santa Fe y Cía. Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Comuna
- Pública Talca
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRÍA, Notaria Pública Talca, con oficio en calle Uno Sur, número novecientos veinticinco, local uno, comuna de Talca; certifica que con fecha 10 de noviembre de 2022, ante mí, GONZALO FERNANDO LARA JAUREGUI, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.033.409-7 domiciliado en Avenida cinco de abril, número ciento veintisiete, edificio Puerto Gaviota, departamento ciento veintitrés, comuna de Viña del Mar, y de paso en esta, y MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, uruguaya, cédula de identidad para extranjeros número 24.597.797-2, ingeniera agrónoma, soltera, representada por su mandataria general ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, chilena, médico, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número 7.604.681-6, ambas domiciliadas en calle uno y media norte número mil seiscientos sesenta y uno, Talca; y por la otra parte como cesionarios JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, chileno, médico, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número 4.912.768-5, domiciliado en calle uno y media norte número mil seiscientos sesenta y uno, Talca y ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, chilena, médico, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número 7.604.681-6, domiciliada en calle uno y media norte número mil seiscientos sesenta y uno, Talca, obrando por si, efectuaron una cesión de derechos sociales y modificación de contrato de sociedad, de la sociedad de responsabilidad limitada, constituida por escritura pública de fecha quince de noviembre de dos mil siete, otorgada en esta ciudad, ante el Notario Público don Ignacio Vidal Domínguez, anotada en el repertorio de instrumentos públicos del sexto bimestre del año dos mil siete con el número 4.889-2007, cuyo extracto obra inscrito a fojas mil setecientos cuarenta y tres, bajo el número setecientos sesenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año dos mil siete, publicado en el escritura pública de modificación de sociedad otorgada ante la Notario Público Interno de Talca doña Patricia Katy María Mihovilovic Lemaitre, de fecha ocho de mayo de dos mil diez, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos del tercer bimestre del año dos mil diez con el número 2.496, cuyo extracto se inscribió a fojas novecientos diez, bajo el número cuatrocientos treinta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año dos mil diez, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social actual es “SOCIEDAD AGRÍCOLA AGROBERRIES SANTA FE Y CÍA. LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “AGROBERRIES SANTA FE LIMITADA”, persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, rol único tributario número 76.002.686-7, y cuyo objeto es la explotación agrícola y cualquier otra actividad que los socios acuerden; el capital social es la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-); La citada sociedad fue modificada por escritura pública otorgada en esta misma notaría con fecha diez de abril de dos mil quince, repertorio número 2.438-2015, cuyo extracto obra inscrito a fojas ochocientos ochenta y ocho, bajo el número trescientos treinta y cinco, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil quince. Por la cual GONZALO FERNANDO LARA JAUREGUI, vendió, cedió y transfirió a JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, quien por su parte, compró, y adquirió para sí, el cien por ciento (100 %) de los derechos que el cedente tiene en la sociedad indicada, que ascienden al uno por ciento (1%) de participación en la sociedad. El precio de la compraventa o cesión fue la suma de treinta mil pesos ($30.000.-), los que se cancelaron por la parte cesionaria al cedente, en el acto, de contado, en dinero en efectivo que la parte cedente declaró haber recibido íntegramente y a su entera satisfacción. A su vez, y por el mismo acto MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, debidamente representada por su mandataria ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, vendió, cedió y transfirió a JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, quien compró y adquirió para sí, el cuarenta y nueve por ciento (49%) de los derechos que la cedente tiene en la sociedad indicada, y que ascienden al noventa y nueve por ciento (99%) de participación en la sociedad. El precio de la compraventa o cesión fue la suma de un millón cuatrocientos setenta mil pesos, ($1.470.000.-), los que se cancelaron por el cesionario a la cedente, en el acto, de contado, en dinero en efectivo que la parte cedente declaró haber recibido íntegramente y a su entera satisfacción. A su vez, y por el mismo acto MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, debidamente representada por su mandataria ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, vendió, cedió y transfirió a ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, quien compró, y adquirió para sí, estando debidamente facultada para autocontratar, el cincuenta por ciento (50%) de los derechos que la cedente tiene en la sociedad indicada, y que ascienden al noventa y nueve por ciento (99%) de participación en la sociedad. El precio de la compraventa o cesión fue la suma de un millón quinientos mil pesos, ($1.500.000.-), los que se cancelaron por la parte cesionaria a la cedente, en el acto, de contado, en dinero en efectivo que la parte cedente declaró recibir íntegramente y a su entera satisfacción.- Los comparecientes GONZALO FERNANDO LARA JAUREGUI y MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, debidamente representada, manifestaron aceptar íntegramente las cesiones anteriores. A su vez los comparecientes, ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO y JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, ya individualizados, expresaron y convinieron, que la sociedad indicada, continuará con los citados socios, conforme a las reglas del estatuto social, los que se mantienen inalterables sin perjuicio de que como consecuencia de las cesiones contenidas en la citada escritura, JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, sustituye a GONZALO FERNANDO LARA JAUREGUI, en la totalidad de sus intereses sociales y a MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, en parte de sus intereses sociales, y por su turno ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO, sustituye a MARÍA ROSA JAUREGUI ERRICO, en el resto de sus intereses sociales, quedando en consecuencia como únicos socios ANA CRISTINA JAUREGUI ERRICO y JORGE ALFONSO LARA GARRIDO, cada uno con una participación de un cincuenta por ciento (50%) de derechos en el capital social, y pactando asimismo que la administración y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de socios de manera indistinta, pudiendo obrar separada, conjunta o alternadamente, con amplias facultades y pudiendo asimismo delegar sus atribuciones en quienes estimen de menester. Demás antecedentes en escritura extractada. - Talca, 11 de noviembre de 2022.