MEDIC HOME SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2022
- Repertorio
- 12489/2022
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $199.998.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Raid Servicios Integrales SpA | socio | 77041743-0 | — | — | |
| Inversiones Guirivilo SpA | socio | 77179391-6 | — | — | |
| Forestal Alba Limitada | socio | 86191500-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes ex en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 27/10/2022, Repertorio 12.489/2022, ante mí, Diego Hurtado de Mendoza Urzúa, cédula nacional de identidad N°12.053.877-2, domiciliado en calle Parque N°12.610, casa 18, comuna de Lo Barnechea; Raid Servicios Integrales SpA, RUT N°77.041.743-0, domiciliada en calle La Concepción N°81, oficina 1402, comuna de Providencia; Cristián Philippe Letelier Cavin, cédula nacional de identidad N°9.478.907-9, domiciliado en calle Doctor Alfredo Almeyda N°6516, comuna de Vitacura; Inversiones Guirivilo SpA, RUT N°77.179.391-6, domiciliada en Avenida Santa María 2120, comuna de Providencia; y Forestal Alba Limitada, RUT N°86.191.500-K, domiciliada en calle Isidora Goyenechea 3162, oficina 1002, comuna de Las Condes; acordaron lo siguiente en relación a la sociedad Medic Home SpA inscrita a fojas 24726 número 12552 en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2020: A) Aumentar el capital de la sociedad en $199.998.000, pasando de los actuales $12.000.000 dividido en 12.000 acciones, a la suma de $211.998.000 dividido en 8.000 acciones, mediante la emisión de 6.000 acciones de pago ordinarias y sin valor nominal, las cuales tendrán un precio de colocación de $33.333 por acción, las que deberán colocarse, suscribirse y pagarse en dinero efectivo y/o con otros bienes muebles, corporales e incorporales, y/o mediante la compensación de créditos de que sean titulares los accionistas o terceros en contra de la sociedad, dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de esta junta. B) Modificar consecuentemente los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos. Otras estipulaciones en escritura extractada. mmo.