CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

JUSTFENIX SpA

CVE 2217308
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2022
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier otro punto o lugar del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

de la sociedad será: la compra, venta, importación y exportación, de todo tipo de prendas de vestir, nuevas o usadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que acuerden sus accionistas y cualquier otra actividad que los socios acuerden que tengan o no relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público de Santiago, titular de la 38 notaria de Santiago, Miraflores 178 piso 5. Certifica: Por escritura esta fecha ante mí, AKIN ERTÜRK, domiciliado para estos efectos en calle Teatinos doscientos cincuenta y uno, oficina trescientos tres comuna de Santiago, constituyen una sociedad por acciones. Razón Social: JUSTFENIX SpA; Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier otro punto o lugar del país o del extranjero Objeto: de la sociedad será: la compra, venta, importación y exportación, de todo tipo de prendas de vestir, nuevas o usadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que acuerden sus accionistas y cualquier otra actividad que los socios acuerden que tengan o no relación con el objeto social. Administración y uso razón social: Corresponderá a AKIN ERTÜRK, Capital: será la suma de $2.000.000, divididos en diez acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 7 de noviembre 2022. Autorizo de conformidad al artículo 402º del Código Orgánico de Tribunales.