GFK AGENCIA EN CHILE
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2022
- Repertorio
- 27596-2022
- Notario
- ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2022, otorgada ante mí bajo el repertorio N° 27.596-2022, Diego Alonso Rodríguez Garcés, domiciliado en Camino de la Laguna 14.740, Lo Barnechea, Santiago, en representación de la sociedad extranjera “GFK SE” declara lo siguiente: PRIMERO: Que por documento del 2 de agosto del año 2022, protocolizado en esta misma Notaría con fecha 24 de octubre de 2022 bajo el número 27.594-2022, se designó al compareciente Diego Alonso Rodríguez Garcés como nuevo agente y apoderado general de “GFK AGENCIA EN CHILE”, agencia inscrita a fojas 37.844 N° 26.811, del Registro de Comercio de Santiago del año 2006, y se revocó al anterior agente don Roberto Guerrero Valenzuela. Las facultades conferidas al nuevo agente constan en la protocolización antes citada. SEGUNDO: Que, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 122 de la ley 18.046, Diego Alonso Rodríguez Garcés declaró y ratificó en la referida escritura pública: 1. Que la razón social es GFK AGENCIA EN CHILE; 2. Que el objeto social de la agencia es invertir en sociedades, propiedades y otras actividades afines; 3. Que la sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales ha de regirse en el país, sus agencias, actos, contratos y obligaciones; 4. Que los bienes de la sociedad quedan afectos a las leyes chilenas, especialmente para responder de las obligaciones que hayan de cumplirse en Chile; 5. Que el capital efectivo que actualmente tiene la sociedad en el país para el giro de sus operaciones es la suma de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América; 6. Que la sociedad se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización para atender a las obligaciones que hayan de cumplirse en el país; y 7. Que el domicilio y oficina principal de la agencia es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que puedan instalar oficinas, agencias y sucursales en esa u otras ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en la escritura y protocolización extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 9 de noviembre de 2022.