SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES DOÑA FRESIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2022
- Notario
- Valeria Ronchera Flores
- Oficio
- Décima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalValeria Ronchera Flores, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1235, segundo piso, certifica: por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022, ante mi suplente don GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, JAIME ROSALINDO SANTIBÁÑEZ PONCE, MARÍA PÍA SANTIBÁÑEZ GÓMEZ, PAULA CATALINA SANTIBÁÑEZ GÓMEZ y VALENTINA ANDREA SANTIBÁÑEZ GÓMEZ, todos domiciliados para estos efectos en calle las Araucarias N° 32, parque residencial Las Araucarias, comuna de Calera de Tango, modificaron la compañía SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES DOÑA FRESIA LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada el 28 de diciembre de 1993 ante el Notario de Santiago, don Eduardo Pinto Peralta, cuyo extracto se inscribió a fs. 1 N° 1 del Registro de Comercio de 1994 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 10 de enero del mismo año. La precitada fue modificada por escritura pública otorgada el 1 de abril de 2010 ante la Notario de Santiago, doña María Soledad Santos Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fs. 130 vta. N° 95 del Registro de Comercio de 2010 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 5 de mayo del mismo año. El capital se estableció en la suma de $12.000.000.-, aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Jaime Rosalindo Santibáñez Ponce aportó $9.000.000.-, equivalentes al 75% de los derechos sociales; b) María Pía Santibáñez Gómez aportó $1.000.000.-, equivalentes al 8,34% de los derechos sociales; c) Paula Catalina Santibáñez Gómez aportó $1.000.000.-, equivalentes al 8,33% de los derechos sociales; y d) doña Valentina Andrea Santibáñez Gómez aportó $1.000.000.-, equivalentes al 8,33% de los derechos sociales. Modificación consiste que el aumento del capital social de $12.000.000.- a $1.739.450.271.- mediante la capitalización de los fondos que se singularizan a continuación, conforme al balance de cierre al 31 de diciembre del año 2021: A.- Con las Reservas de Revalorización de Capital Propio por un monto de $569.788.162.-; B.- Con las utilidades acumuladas por un monto neto de $1.005.292.474.-, determinado en la forma expuesta en la escritura extractada. C.-Con las utilidades del ejercicio terminado al 31 de diciembre del año 2021 por $152.369.635.- Conforme a lo expuesto, el aumento de capital se realiza de acuerdo con la participación que cada uno de los socios detenta en la sociedad. Para materializar el aumento de capital convenido, los socios acuerdan modificar el artículo 6º del pacto social actualmente vigente, quedando de la siguiente forma: “Sexto: Capital social. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un mil setecientos treinta y nueve millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos setenta y un pesos aportado y pagado por los socios de la siguiente forma y en las siguientes proporciones: a) don Jaime Rosalindo Santibáñez Ponce, aporta la suma de un mil trescientos cuatro millones quinientos ochenta y siete mil setecientos tres pesos, ya ingresados en arca social, que corresponden al setenta y cinco por ciento de los derechos sociales; b) doña María Pía Santibáñez Gómez, aporta la suma de ciento cuarenta y cinco millones setenta mil ciento cincuenta y dos pesos ya ingresados en arca social, que corresponden al ocho coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales; c) doña Paula Catalina Santibáñez Gómez, aporta la suma de ciento cuarenta y cuatro millones ochocientos noventa y seis mil doscientos ocho pesos, ya ingresados en arca social, que corresponden al ocho coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales; y d) doña Valentina Andrea Santibáñez Gómez, aporta la suma de ciento cuarenta y cuatro millones ochocientos noventa y seis mil doscientos ocho pesos, ya ingresados en arca social, que corresponden al ocho coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios en las proporciones recién señaladas.” En lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2022.