Inversiones Higuerillas Tres Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2022
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de Octubre de 2022 ante mí: doña FRANCISCA PALMA PFOTZER, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta mil cuatrocientos ochenta y seis guion K; y, don CARLOS GUILLERMO SOUPER URRA, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número siete millones treinta y seis mil ochocientos veinte guion K, en representación de la sociedad Desarrollo e Ingeniería Limitada, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones diecisiete mil ochocientos noventa guion seis y en representación asimismo, de Harwich Inversiones Limitada, Rol Único Tributario número setenta y nueve millones setecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta guion cuatro, todos con domicilio para estos efectos en Asturias doscientos ochenta oficina setecientos uno de la Comuna de Las Condes de esta ciudad ; expusieron: Que en calidad de únicos socios de Inversiones Higuerillas Tres Limitada, rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos treinta y nueve mil doscientos noventa y cuatro guion uno, sociedad inscrita a fojas cincuenta y siete mil setecientos diecinueve, número cuarenta mil doscientos cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce, los actuales socios, acordaron disminuir el capital social ascendente a nueve mil trescientos veintitrés millones seiscientos noventa y un mil ochenta y siete pesos a la cantidad de cuatro mil cuatrocientos noventa millones seiscientos sesenta mil setecientos ochenta y cinco pesos. El monto de la disminución de capital ascendente a cuatro mil ochocientos treinta y tres millones treinta mil trescientos dos pesos se pagan en este acto por la Sociedad a los socios, en las proporciones de sesenta y nueve coma ocho nueve dos por ciento y de treinta coma uno cero ocho por ciento, respectivamente, mediante la compensación de avances hechos a los socios en cuenta corriente. Como consecuencia de la disminución de capital recientemente expuesta, los socios por unanimidad acuerdaron modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad de la siguiente manera: “CUARTO Capital. El capital de la Sociedad asciende a cuatro mil cuatrocientos noventa millones seiscientos sesenta mil setecientos ochenta y cinco pesos, íntegramente aportados y pagados por los socios del modo siguiente: a) Francisca Palma Pfotzer ha pagado dos mil doscientos diecinueve millones novecientos veintidós mil ciento quince pesos en virtud de aportes anteriores; b) Harwich Inversiones Limitada ha pagado dos mil doscientos setenta millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos setenta pesos en virtud de aportes anteriores. Sin perjuicio de los anterior, se acuerda que los socios tendrán derecho a que toda distribución que se les haga en calidad de socios a partir de la fecha de la presente escritura pública, utilice las proporciones de sesenta y nueve coma ocho nueve dos por ciento para doña Francisca Palma Pfotzer y de treinta coma uno cero ocho por ciento para Harwich Inversiones Limitada sea que las distribuciones se hagan como disminución de capital para efectos financieros o se distribuyan fondos de revalorización o de utilidades retenidas o se distribuyan utilidades del ejercicio. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus aportes”. En todo lo demás subsiste plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de octubre de 2022.