SERVICIOS PROFESIONALES SOYTRABAJADOR LIMITADA
Instrumento
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- SOYTRABAJADOR LTDA
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo abrir sucursales en cualquier otro lugar del país como en el extranjero
- Duración
- Dos años a contar de esta fecha, prorrogándose por períodos y formas establecidas en el contrato social
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales legales y jurídicos, relacionado con los servicios de asesoría, gestión y representación, ya sea judicial o extrajudicial, en cualquier área del derecho, a personas naturales y jurídicas, por cuenta propia, de terceros o por medio de sus socios, asociados, y abogados que contrate; los servicios de cobranza judicial y extrajudicial de créditos de personas naturales y jurídicas que se relacionen con el objeto anterior; y cualquier otra actividad profesional legal y jurídica conexa o derivadas de la principal, como asimismo, las demás que acuerden al respecto los
Administración
Le corresponderá exclusivamente al socio GIORGIO FRANCO RENATO MARINO ANDRADE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 1160, subsuelo, certifica: por escritura pública hoy ante mi, Reperotiro N° 27.681; GIORGIO FRANCO RENATO MARINO ANDRADE, C.I. Nº 10.607.912-9; PEDRO IGNACIO PEÑA SÁNCHEZ, C.I. Nº 16.658.896-0; MARÍA FERNANDA SÁNCHEZ VIEYRA, C.I. Nº 16.368.053-K; y CAMILA DE LOURDES CÁRDENAS PRIETO, C.I. Nº 17.149.504-0, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes Nº 11380, oficina 91, comuna de Vitacura, Santiago; Constituyen sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. RAZÓN SOCIAL: SERVICIOS PROFESIONALES SOYTRABAJADOR LIMITADA, nombre de fantasía: SOYTRABAJADOR LTDA. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo abrir sucursales en cualquier otro lugar del país como en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales legales y jurídicos, relacionado con los servicios de asesoría, gestión y representación, ya sea judicial o extrajudicial, en cualquier área del derecho, a personas naturales y jurídicas, por cuenta propia, de terceros o por medio de sus socios, asociados, y abogados que contrate; los servicios de cobranza judicial y extrajudicial de créditos de personas naturales y jurídicas que se relacionen con el objeto anterior; y cualquier otra actividad profesional legal y jurídica conexa o derivadas de la principal, como asimismo, las demás que acuerden al respecto los socios. CAPITAL: $2.000.000.- que los socios aportan de la siguiente forma: a) GIORGIO FRANCO RENATO MARINO ANDRADE la suma de $610.000.- equivalentes al 30,5% de los derechos sociales, el que deberá ser suscrito y pagado en el plazo de un año contados desde esta fecha; b) PEDRO IGNACIO PEÑA SÁNCHEZ la suma de $610.000.-, equivalentes al 30,5% de los derechos sociales, el que deberá ser suscrito y pagado en el plazo de un año contados desde esta fecha; c) MARÍA FERNANDA SÁNCHEZ VIEYRA la suma de $610.000.-, equivalentes al 30,5% de los derechos sociales, el que deberá ser suscrito y pagado en el plazo de un año contados desde esta fecha; y d) CAMILA DE LOURDES CÁRDENAS PRIETO la suma de $170.000.-, equivalentes al 8,5% de los derechos sociales, el que deberá ser suscrito y pagado en el plazo de un año contados desde esta fecha. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Le corresponderá exclusivamente al socio GIORGIO FRANCO RENATO MARINO ANDRADE. DURACIÓN: Dos años a contar de esta fecha, prorrogándose por períodos y formas establecidas en el contrato social. Santiago, 20 de octubre de 2022. F. JARA C.N.P.