MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Importadora y Exportadora Exclusivo Limitada

RUT 76026571-3 CVE 2215624
Fecha instrumento
16 de agosto de 2022
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2022
Notario
Darío Chacón Vicentelo
Oficio
Quinta Notaria de Iquique con oficio en esta ciudad
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Darío Chacón Vicentelo, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Iquique con oficio en esta ciudad, Paseo Baquedano Nº 702, certifica: por Escritura Pública de fecha 16 de Agosto de 2022, ante mí, Doña LIANGSONG LIN, chino, casado, comerciante, Cédula de identidad para Extranjeros número veintidós millones setecientos ochenta y siete mil novecientos cincuenta y tres guión K; don QIANGQIANG LIN, chino, soltero, comerciante, Cédula de Identidad para Extranjeros número veintidós millones setecientos sesenta y ocho mil setecientos ochenta y dos guión siete; y doña LANFEN XIA, china, casada, factor de comercio, Cédula de Identidad para Extranjeros número veinticuatro millones cuatrocientos trece mil cuatrocientos diez guión seis; LINGLING ZHANG, china, soltera, comerciante, Cédula de Identidad número veintiséis millones ochenta mil ochocientos sesenta y dos guión uno; y don HAO ZHANG, chino, soltero, comerciante, Cédula de Identidad número veinticuatro millones doscientos cincuenta y un mil quinientos treinta y seis guión seis, ç todos domiciliados en Avenida Héroes de la Concepción número dos mil setecientos ochenta y cuatro, Departamento setenta y uno guión B, de la Ciudad de Iquique, Modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA” en los siguientes términos: a) ) don LIANGSONG LIN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña LINGLING ZHANG, quien compra acepta y adquiere para si la totalidad de los derechos sociales; y b) don QIANGQIANG LIN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don HAO ZHANG, quien compra acepta y adquiere para si la totalidad de los derechos sociales; El precio de la venta es la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, y VEINTICINCO MILLONES DE PESOS, respectivamente, suma que es pagado en este acto en dinero efectivo por adquirente a los vendedores, quedando íntegramente pagado la totalidad de las cesiones convenidas en esta cláusula..- En consecuencia, de la cesión que da cuenta el presente instrumento, la sociedad IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA, queda conformada por los siguientes socios: a) doña LINGLING ZHANG, queda con una participación en la sociedad, equivalente al cuarenta y uno coma cincuenta y cuatro por ciento del haber social; y, b) don HAO ZHANG, queda con una participación en la sociedad, equivalente al cincuenta y ocho coma cuarenta y seis por ciento del haber social.- Los actuales socios, por unanimidad acuerdan modificar cuarta de pacto social la sociedad en cuanto a que el uso de la razón social y administración IMPORTADORA Y EXPORTADORA EXCLUSIVO LIMITADA, corresponderá doña LINGLING ZHANG, y a don HAO ZHANG. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 16 de Agosto de 2022.