CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2022
- Repertorio
- 12269-22
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación Comunas Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Temuco
Objeto social
Prestación de toda clase de servicios profesionales, consultarías y asesorías relacionadas con materias laborales, comerciales, legales, educacionales, administrativas y, muy especialmente, con la selección y subcontratación de personal para terceros, sean estos empresas privadas o entidades públicas y que se le encarguen subcontratar en virtud de los contratos que celebre con dichos terceros; así como organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación y, en general, todas aquellas que acuerden los socios y que se encuentren relacionadas con el giro social.- Administración y Uso Razón Social corresponderá única y exclusivamente en la socia doña LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN amplias facultades señaladas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mí el día 21/10/2022 repertorio 12.269-22, DIEGO BELMAR OJEDA, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat N°350, oficina 809, de la comuna de Temuco, rectifica escritura de Cesión de Derechos Sociales y transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada a Empresa de responsabilidad Limitada, otorgada con fecha 7 de septiembre de 2022, repertorio N°10.641-22, en el siguiente sentido: Viene en rectificar las cláusulas quinta y séptima de la escritura pública ya individualizada, respecto del nombre de la Empresa de Responsabilidad Limitada y sus estatutos, en el siguiente sentido: a) La cláusula quinta expresaba: “QUINTO- Modificación: Por este instrumento, y en conformidad al inciso final del artículo catorce de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, se viene en transformar la naturaleza jurídica de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA LIMITADA”, en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada denominada “LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN E.I.R.L”, debiendo decir: “QUINTO- Transformación Por este instrumento, y en conformidad al inciso final del artículo catorce de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, se viene en transformar la naturaleza jurídica de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA LIMITADA”, en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada denominada “CONSULTORA LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN E.I.R.L”; y, por último, b) La cláusula séptima expresaba: “SEPTIMO- razón o firma social: La sociedad funcionará bajo la razón social de “LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN E.I.R.L”. Sin embargo, podrá funcionar y actuar ante entidades públicas y privadas e inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA E.I.R.L”, debiendo decir: “SEPTIMO: Nombre: La empresa funcionará bajo el nombre de “CONSULTORA LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN E.I.R.L”. Sin embargo, podrá funcionar y actuar ante entidades públicas y privadas e inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA E.I.R.L”.- Domicilio Social: Temuco.- Objeto: Prestación de toda clase de servicios profesionales, consultarías y asesorías relacionadas con materias laborales, comerciales, legales, educacionales, administrativas y, muy especialmente, con la selección y subcontratación de personal para terceros, sean estos empresas privadas o entidades públicas y que se le encarguen subcontratar en virtud de los contratos que celebre con dichos terceros; así como organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación y, en general, todas aquellas que acuerden los socios y que se encuentren relacionadas con el giro social.- Administración y Uso Razón Social corresponderá única y exclusivamente en la socia doña LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN amplias facultades señaladas.- Capital Social: la suma de un millón de pesos, que recae en su totalidad en doña LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN.- Para los efectos legales “CONSULTORA LILIAN MARGARITA ARRIAGADA ALARCÓN E.I.R.L” se entiende como la continuadora legal de “CONSULTORA GESTASESORÍAS ARAUCANÍA LIMITADA”, Rol único tributario número setenta y seis millones trescientos cuarenta mil seiscientos siete guion cinco, texto refundido Estatutos constan escritura pública veinticinco de abril del dos mil catorce, ante el Notario de Temuco Jorge Elías Trades Hales, inscrito extracto a fojas setecientos cuarenta vuelta número quinientos treinta y siete, Registro de Comercio del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, publicado Diario Oficial número cuarenta mil ochocientos treinta y seis del diecisiete de abril de dos mil catorce.”. Minuta redactada por el abogado Diego Belmar Ojeda. Doy fe.- TEMUCO, 02 de noviembre 2022.-