CLINICA ODONTOLOGICA BAEZA Y OLIVARES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2022
- Repertorio
- 12604-22
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de comunas de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Padre las casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, certifico: Por escritura pública fecha 28 Octubre 2022, Repertorio N° 12.604-22, otorgada ante mí, MARÍA JAVIERA OLIVARES FLORES, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad N° 14.071.906-k, y don EDUARDO ANDRÉS BAEZA SAN MARTÍN, cirujano dentista, casado y separado totalmente de bienes cédula de identidad N° 15.783.628-5, ambos domiciliados en calle Montes Sabinos N°510, depto. 101 D, de la comuna de Temuco, ambos chilenos y mayores de edad, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada. La Sociedad “CLINICA ODONTOLOGICA BAEZA Y OLIVARES LIMITADA” ó “CLINICA ODONTOLOGICA B & O LTDA.”, R.U.T. Nº76.896.445-9, fue constituida por escritura pública con fecha 13 de marzo de 2017, otorgada en Temuco, ante el Notario Público don Jorge Elías Tadres Hales. El extracto de la constitución se encuentra inscrito a fojas 588 vuelta, bajo el Nº395, del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2017 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 23 de marzo de 2017 en su edición N°41.716. Ahora por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2022, otorgada en Temuco, ante el Notario Público doña Esmirna Vidal Moraga, modificaron la referida persona jurídica, ello los siguientes sentidos: A) De las utilidades y perdidas, y los tetiros para gastos: Las utilidades y perdidas de la Sociedad se repartirán con un veinte por ciento para MARÍA JAVIERA OLIVARES FLORES, y con un ochenta por ciento para EDUARDO ANDRÉS BAEZA SAN MARTÍN. Además, los socios tendrán derecho a retirar mensualmente, para atender a sus gastos personales y con cargo a sus respectivas utilidades antes indicadas, las cantidades que oportunamente se acuerden en cada caso.- B) Administración, representación y uso de razón social corresponderá a don EDUARDO ANDRÉS BAEZA SAN MARTÍN con amplias facultades. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo conocido por las partes. Demás cláusulas en escritura extractada.- Temuco, 02 de noviembre de 2022.-