ASESORIAS PROFESIONALES E INVERSIONES NORAMBUENA Y POLANCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2022
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 27 de Octubre de 2022, otorgada ante mí, don FELIPE ANDRÉS POLANCO ZAMORA y doña JESSICA EUGENIA NORAMBUENA PIERRET, ambos con domicilio en calle Antonio Bellet N° 444, oficina 1404, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron sociedad "ASESORIAS PROFESIONALES E INVERSIONES NORAMBUENA Y POLANCO LIMITADA”, constituida por medio de escritura pública de fecha 15 de marzo del año dos mil diecisiete, extendida ante el Notario Público de Santiago, don Álvaro González Salinas, inscrita a fs. 24.648, número 13.661 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017 y publicada en el Diario Oficial de la República, edición N° 41.724 del día 1 de abril de 2017, en el sentido de eliminar la referencia al giro de inversiones, tanto en el objeto social como en el nombre o razón social de la sociedad, motivo por el cual se reemplazan la cláusulas PRIMERA y SEGUNDA de la escritura social las que quedan como siguen: (B) Se elimina en la cláusula SEGUNDA, la referencia al giro de inversiones, motivo por el cual se reemplaza la cláusula SEGUNDA de la escritura descrita en la cláusula anterior, la que queda de la siguiente manera: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: Uno.- La prestación de servicios jurídicos, profesionales legales, por cuenta propia o de terceros; Dos.- la asesoría jurídica y judicial, y representación judicial de terceros ante tribunales de justicia, ordinarios y especiales, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, servicios y reparticiones públicas; y Tres.- en general, la realización de toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores señaladas y que acuerden los socios”. (B) Se elimina del nombre o razón social de la sociedad la referencia a las inversiones. En consecuencia, se reemplaza la cláusula PRIMERA de la escritura que por este acto se modifica, la cual queda de la siguiente manera: “PRIMERO: Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre o razón social será "ASESORIAS PROFESIONALES NORAMBUENA Y POLANCO LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía "NORAMBUENA Y POLANCO LTDA.".”En lo no modificado, permanece vigente la escritura de constitución de esta sociedad.Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Capital: $6.000.000. Rut de la sociedad: 76.741.227-4.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 28 de Octubre de 2022.-