TRANSPORTES Y SERVICIOS INKA MARKA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2018
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: ARIEL LICIO FLORES RAMOS, domiciliado en Calle Los Limoneros 2967, Iquique; y WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, domiciliado en Las Azucenas N°2984, Iquique; exponen: Que por escritura pública fecha 26 de Abril de 2018, otorgada ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, se constituyó sociedad por acciones denominada “TRANSPORTES Y SERVICIOS INKA MARKA SpA” O “INKA MARKA SpA”, inscrita a fojas 691 vta., N°471, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, socios suscriben Compraventa de acciones. Don WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, dueño de 100 acciones en la sociedad, y don ARIEL LICIO FLORES RAMOS, dueño de 100 acciones en la sociedad, todas de una misma y única serie y sin valor nominal de “TRANSPORTES Y SERVICIOS INKA MARKA SpA” O “INKA MARKA SpA”, correspondientes al 100% de la participación accionaria. En este acto don ARIEL LICIO FLORES RAMOS, vende, cede y transfiere el 100% de todas las acciones de que es titular y que equivalen a 100 acciones a Don WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, a su entera conformidad. En virtud de lo expresado y del acto celebrado, en este acto y por el presente instrumento, acogiéndose a las disposiciones del Título Cuarto y artículo sexto del estatuto social y del artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, el actual, único y exclusivo accionista de la sociedad Don WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, ratifica el Artículo Primero Transitorio del pacto social y de su modificación en la cual se le nombró como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de sus estatutos quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales, y por este acto e instrumento viene en revocar y dejar sin efecto, a contar desde esta fecha, todas y cada una de las facultades de administración y representación que detentaba la ex socia Doña HILDA YOLANDA FLORES CASTRO, chilena, casada, separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones un mil ochocientos veintiocho raya cinco, domiciliada en calle La Azucenas número dos mil novecientos ochenta y cuatro, Iquique, de la sociedad, y ante el Servicio de Impuestos Internos. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 29 Agosto 2022.-