MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA

RUT 76444778-6 CVE 2212742
Fecha instrumento
27 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La prestación de todo tipo de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con la salud, consultas ambulatorias, investigación, diagnostico, tratamiento y control en el marco de la patología medica, quirúrgica, dental y psicológica, prestación o contratación de servicios de transporte de enfermos por cual vía, en vehículos propios o ajenos, prestación de asesorías o contratación de todo tipo de servicios médicos, paramédicos, kinésicos y de reinserción laboral que colaboren al bienestar del paciente enfermo o limitado en su capacidad física o intelectual, prestación de servicios de asesoría, educación y capacitación de profesionales o técnicos del área de la salud, en forma presencial o a distancia, a través de instituciones privadas, públicas, universidades, institutos o cualquier establecimiento educacional o directamente con la persona natural interesada, compra, venta, arrendamiento, comercialización, importación y exportación de todo tipo de equipos, insumos , bienes muebles o inmuebles, asistencia técnica y profesional necesaria para cumplir el objeto de la sociedad, comprar, crear construir instalar, administrar arrendar y explotar cualquier establecimiento relacionado con el bienestar en salud, comprar, vender, arrendar, hipotecar o administrar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios para uso comercial o personal de los socios, y en general, realizar cualquier actividad que acuerden los socios, relacionada con el objeto social”.- Del mismo modo vienen en ratificar y modificar el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, en cuanto que la administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios, ya individualizados, quienes podrán actuar en forma separada e indistintamente con las mismas facultades estipuladas en el pacto social, agregando lo siguiente: “Autorizar a la sociedad, como avalista, fiadora codeudora y codeudora solidaria de las obligaciones de la sociedad, otorgue todas las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que dicha sociedad acuerde, en su calidad de deudora principal.- Aceptar todas las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, acuerde en su calidad de deudora principal, respecto de la obligación que consta de los pagarés o mutuos en que se documentan las obligaciones garantizadas y sus prórrogas, manteniéndose en consecuencia plenamente vigente y válido el aval, fianza y)o codeuda solidarias otorgadas, sin necesidad que la sociedad concurra en cada oportunidad a la suscripción de las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que se pacten en el futuro respecto de las obligaciones singularizadas.- Aceptar y autorizar desde ya cualquier capitalización de intereses respecto de las mencionadas obligaciones, las que podrán constar en cualquier modificación, prórroga, resuscripción o renovación que suscriba la sociedad, sin que resulte necesario que concurra a la misma la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, para que tal capitalización de intereses le resulte exigible.- En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales de los cuales da cuenta la escritura pública de constitución social.- El Notario que autoriza, certifica que doña Carolina Andrea Soza Rex y don Rodrigo Eugenio Bancalari Díaz, son los únicos accionistas de la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, según libro de Accionistas que lleva la sociedad.- Santiago, 27 de Octubre de 2022.- FÉLIX JARA CADOT.- N.P

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don RODRIGO EUGENIO BANCALARI DÍAZ, chileno, médico cirujano, casado y separado de bienes, C.I.N° 13.552.192-2, domiciliado en calle Gustavo V N° 115, depto.504, Comuna de Las Condes, Santiago, y doña CAROLINA ANDREA SOZA REX, chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N° 15.384.775-4, domiciliada en calle Gustavo V número 115, depto.504, Comuna de Las Condes, Santiago, modificaron sociedad por acciones denominada “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, siguiente sentido: Doña Carolina Andrea Soza Rex y don Rodrigo Eugenio Bancalari Díaz, son los únicos accionistas de la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, constituida con fecha 23 de Junio de 2016, en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, con domicilio en calle Miraflores N° 169, Santiago, inscrita a fs.46.298 N° 25.382, en el Registro de Comercio del C.B.R. de Santiago, año 2016.- Los actuales accionistas vienen en modificar el ARTÍCULO CUARTO del pacto constitutivo, quedando como sigue: ARTÍCULO CUARTO.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La prestación de todo tipo de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con la salud, consultas ambulatorias, investigación, diagnostico, tratamiento y control en el marco de la patología medica, quirúrgica, dental y psicológica, prestación o contratación de servicios de transporte de enfermos por cual vía, en vehículos propios o ajenos, prestación de asesorías o contratación de todo tipo de servicios médicos, paramédicos, kinésicos y de reinserción laboral que colaboren al bienestar del paciente enfermo o limitado en su capacidad física o intelectual, prestación de servicios de asesoría, educación y capacitación de profesionales o técnicos del área de la salud, en forma presencial o a distancia, a través de instituciones privadas, públicas, universidades, institutos o cualquier establecimiento educacional o directamente con la persona natural interesada, compra, venta, arrendamiento, comercialización, importación y exportación de todo tipo de equipos, insumos , bienes muebles o inmuebles, asistencia técnica y profesional necesaria para cumplir el objeto de la sociedad, comprar, crear construir instalar, administrar arrendar y explotar cualquier establecimiento relacionado con el bienestar en salud, comprar, vender, arrendar, hipotecar o administrar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios para uso comercial o personal de los socios, y en general, realizar cualquier actividad que acuerden los socios, relacionada con el objeto social”.- Del mismo modo vienen en ratificar y modificar el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, en cuanto que la administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios, ya individualizados, quienes podrán actuar en forma separada e indistintamente con las mismas facultades estipuladas en el pacto social, agregando lo siguiente: “Autorizar a la sociedad, como avalista, fiadora codeudora y codeudora solidaria de las obligaciones de la sociedad, otorgue todas las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que dicha sociedad acuerde, en su calidad de deudora principal.- Aceptar todas las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, acuerde en su calidad de deudora principal, respecto de la obligación que consta de los pagarés o mutuos en que se documentan las obligaciones garantizadas y sus prórrogas, manteniéndose en consecuencia plenamente vigente y válido el aval, fianza y/o codeuda solidarias otorgadas, sin necesidad que la sociedad concurra en cada oportunidad a la suscripción de las modificaciones, prórrogas, resuscripciones o renovaciones que se pacten en el futuro respecto de las obligaciones singularizadas.- Aceptar y autorizar desde ya cualquier capitalización de intereses respecto de las mencionadas obligaciones, las que podrán constar en cualquier modificación, prórroga, resuscripción o renovación que suscriba la sociedad, sin que resulte necesario que concurra a la misma la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, para que tal capitalización de intereses le resulte exigible.- En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales de los cuales da cuenta la escritura pública de constitución social.- El Notario que autoriza, certifica que doña Carolina Andrea Soza Rex y don Rodrigo Eugenio Bancalari Díaz, son los únicos accionistas de la sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS BANCALARI Y SOZA SpA”, según libro de Accionistas que lleva la sociedad.- Santiago, 27 de Octubre de 2022.- FÉLIX JARA CADOT.- N.P.