CENTRO DE MÉDICOS VETERINARIOS SAN ALBERTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2022
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 2 años renovables según escritura
Objeto social
Servicios profesionales de prestaciones médicas veterinarias y toda otra actividad relacionada con lo anterior.- El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don CARLOS ANTONIO NILO HORMAZABAL, CI N°15.638.857-2, quien actuará por la Sociedad y la obligará anteponiendo su firma a la razón social con amplias facultades
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CARLOS ANTONIO NILO HORMAZABAL | socio | 15638857-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 28 de Octubre de 2022, ante mi, don EMILIO GONZALO NILO BANEGAS, domiciliado en Camino El Turco número setecientos cincuenta, comuna de El Tabo, V Región y de paso en esta, y don MAGLIO PATRICIO ROJAS CABEZAS, domiciliado en El Trévo tres mil ochocientos sesenta, Comuna de Puente Alto, y de paso en ésta; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a los siguientes estatutos. Razón social será “CENTRO DE MÉDICOS VETERINARIOS SAN ALBERTO LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de “CEMEVET LTDA.”. Domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pudieren los socios establecer en el resto del país o en el extranjero. Objeto: Servicios profesionales de prestaciones médicas veterinarias y toda otra actividad relacionada con lo anterior.- El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don CARLOS ANTONIO NILO HORMAZABAL, CI N°15.638.857-2, quien actuará por la Sociedad y la obligará anteponiendo su firma a la razón social con amplias facultades. Duración: 2 años renovables según escritura. Capital: $1.000.000, que se aportan en la siguiente forma: a) don EMILIO GONZALO NILO BANEGAS, aporta la suma $900.000 equivalente al 90% del capital, pagado en este acto en dinero al contado que ha ingresado en la caja social; b) don MAGLIO PATRICIO ROJAS CABEZAS, aporta la suma de $100.000 equivalente al 10% del capital social, pagado en este acto en al contado que ha ingresado en la caja social. Demás estipulaciones escritura extractada.-