SERVICIOS ODONTOLÓGICOS DR. RENÉ CHACÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2022
- Repertorio
- 5030/2022
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años. /vi/
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la odontología y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado; Realizar todo tipo de estudios, capacitación, instrucción, asesorías y consultorías, de carácter odontológico, comercial, económico y financiero; b) La realización de servicios de especialidades en la rama de la odontológica y estética integral en todas sus clases, ya sea directamente o a través de terceros, c) Arriendo o subarriendo de maquinarias, instrumentos e insumos relacionados a la actividad odontológica y salud en general, d) La importación y exportación de materiales e insumos para el rubro de la salud y estética en general, e) La explotación de toda clase de franquicias, ya sea por cuenta propia o de terceros, la realización de inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores mobiliarios, y efectos públicos y)o de comercio, y, en general, en cualquier negocio, empresa o actividad económica; todo lo cual podrá hacerlo por sí o participando como socia en otras sociedades ya constituidas o que se formen al efecto, y todas las actividades que los socios acuerden y digan relación al objeto social”. Además, el socio don RENE EUGENIO CHACÓN GUERRERO, vendió, cedió y transfirió al socio don FRANCISCO JAVIER CHACÓN BUROTTO, el cuarenta por ciento de sus respectivos derechos en la sociedad, equivalentes al cuarenta por ciento del total de los derechos sociales. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se mantienen como únicos y exclusivos socios de la sociedad: a) RENE EUGENIO CHACÓN GUERRERO, con cincuenta por ciento de los derechos sociales, b) FRANCISCO JAVIER CHACÓN BUROTTO, con cincuenta por ciento de los derechos sociales. Y, se reemplazó el texto del título primero artículo primero por el siguiente: “El nombre de la sociedad será EOK DENTAL LIMITADA, pudiendo actuar válidamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía de “EOK LIMITADA”. Por último, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios, transformaron EOK DENTAL LIMITADA en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: “i)
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo uno o más de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica que, por escritura pública de fecha 11 de octubre del año 2022, repertorio N° 5.030/2022, ante mí, compareció: Don RENE EUGENIO CHACÓN GUERRERO, cédula de identidad N° 4.463.354-k, y don FRANCISCO JAVIER CHACÓN BUROTTO, cédula de identidad N° 15.377.984-8, ambos domiciliados en Avenida Kennedy N° 7.120, oficina 306, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron el objeto y razón social, conjuntamente con realizar cesión de derechos de “SERVICIOS ODONTOLÓGICOS DR. RENÉ CHACÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 20.041, número 13.674 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008 y publicada en el Diario Oficial con fecha 29 de Mayo de 2008, reemplazando el texto del título primero artículo segundo por el siguiente: “TÍTULO PRIMERO. ARTÍCULO SEGUNDO. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la odontología y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado; Realizar todo tipo de estudios, capacitación, instrucción, asesorías y consultorías, de carácter odontológico, comercial, económico y financiero; b) La realización de servicios de especialidades en la rama de la odontológica y estética integral en todas sus clases, ya sea directamente o a través de terceros, c) Arriendo o subarriendo de maquinarias, instrumentos e insumos relacionados a la actividad odontológica y salud en general, d) La importación y exportación de materiales e insumos para el rubro de la salud y estética en general, e) La explotación de toda clase de franquicias, ya sea por cuenta propia o de terceros, la realización de inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores mobiliarios, y efectos públicos y/o de comercio, y, en general, en cualquier negocio, empresa o actividad económica; todo lo cual podrá hacerlo por sí o participando como socia en otras sociedades ya constituidas o que se formen al efecto, y todas las actividades que los socios acuerden y digan relación al objeto social”. Además, el socio don RENE EUGENIO CHACÓN GUERRERO, vendió, cedió y transfirió al socio don FRANCISCO JAVIER CHACÓN BUROTTO, el cuarenta por ciento de sus respectivos derechos en la sociedad, equivalentes al cuarenta por ciento del total de los derechos sociales. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se mantienen como únicos y exclusivos socios de la sociedad: a) RENE EUGENIO CHACÓN GUERRERO, con cincuenta por ciento de los derechos sociales, b) FRANCISCO JAVIER CHACÓN BUROTTO, con cincuenta por ciento de los derechos sociales. Y, se reemplazó el texto del título primero artículo primero por el siguiente: “El nombre de la sociedad será EOK DENTAL LIMITADA, pudiendo actuar válidamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía de “EOK LIMITADA”. Por último, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios, transformaron EOK DENTAL LIMITADA en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: “i) NOMBRE: “EOK DENTAL SpA, pudiendo actuar válidamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía de “EOK DENTAL”. ii) OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la odontología y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado; Realizar todo tipo de estudios, capacitación, instrucción, asesorías y consultorías, de carácter odontológico, comercial, económico y financiero; b) La realización de servicios de especialidades en la rama de la odontológica y estética integral en todas sus clases, ya sea directamente o a través de terceros, c) Arriendo o subarriendo de maquinarias, instrumentos e insumos relacionados a la actividad odontológica y salud en general, d) La importación y exportación de materiales e insumos para el rubro de la salud y estética en general, e) La explotación de toda clase de franquicias, ya sea por cuenta propia o de terceros, la realización de inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores mobiliarios, y efectos públicos y/o de comercio, y, en general, en cualquier negocio, empresa o actividad económica; todo lo cual podrá hacerlo por sí o participando como socia en otras sociedades ya constituidas o que se formen al efecto, y todas las actividades que los socios acuerden y digan relación al objeto social. iii) CAPITAL: $1.500.000, dividido en mil quinientas acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. iv) DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero. v) DURACIÓN: El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años. vi) ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo uno o más de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de octubre de 2022.