River Stone Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a doña BIANCA FABIOLA FUNKE LANFRANCO, quién anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura publica de fecha 20/10/2022, ante mí, doña BIANCA FABIOLA FUNKE LANFRANCO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empleada, cédula nacional de identidad número 16.192.705-8; don RAFAEL EDUARDO PEÑA VÁSQUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número 16.191.619-6; y don VICENTE ANTONIO FUNKE LANFRANCO, chileno, soltero, ingeniero geomensor, cédula nacional de identidad número 19.431.567-8, todos domiciliados para estos efectos en Viola García Torrejón número 1728, los Tuliperos, Buin, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada “RIVER STONE LIMITADA”, en los siguientes términos, A) Cesión de derechos sociales: i) RAFAEL EDUARDO PEÑA VÁSQUEZ vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales, a don VICENTE ANTONIO FUNKE LANFRANCO, quien compra, acepta y adquiere para sí, el diez por ciento del total de los derechos sociales, en el precio de cien mil pesos, pagado en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales antes señalada, quedan como únicos y actuales doña BIANCA FABIOLA FUNKE LANFRANCO con el noventa por ciento de los derechos sociales, y don VICENTE ANTONIO FUNKE LANFRANCO con el diez por ciento de los derechos sociales; B) Modificación de estatutos sociales: i) Se reemplaza la cláusula segunda de capital social, por la siguiente: SEGUNDO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad será la suma $1.000.000.-, el cual es aportado y enterado por los socios de la siguiente manera: a) doña BIANCA FABIOLA FUNKE LANFRANCO, aporta la suma de $900.000.- equivalentes al 90% del capital social, que se enteran y pagan al contado y que ingresan a la caja social en este acto; b) don VICENTE ANTONIO FUNKE LANFRANCO, aporta la suma de $100.000.- equivalentes al 10% del capital social, que se enteran y pagan al contado y que ingresan a la caja social en este acto. El capital se declara totalmente suscrito y pagado. ii) Se reemplaza la cláusula quinta de administración y uso de la razón social, por la siguiente: QUINTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña BIANCA FABIOLA FUNKE LANFRANCO, quién anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, facultades en escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de Octubre de 2022.