MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA GARCÍA PEÑA Y LILLO FELIPE E.I.R.L.

RUT 76269547-2 CVE 2211066
Fecha instrumento
13 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2022
Repertorio
17193
Comuna
Santiago

Objeto social

a) el corretaje de propiedades y la administración, por cuenta propia o, ajena de casas, edificios de departamentos, de estacionamientos, locales comerciales y cualquiera clase de comunidades sobre bienes inmuebles, estén o, no, regidas por la ley de copropiedad inmobiliaria; y, en que sea o, no, comunera la empresa; b) efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias; c) en el área inmobiliaria, podrá adquirir bienes inmuebles, edificar en ellos, explotar los inmuebles sociales, . ya sea arrendándolos, constituyéndolos en usufructo, enajenándolos, o, en cualquier otra forma; d) la explotación, administración, agencias y representación, compra, venta y corretaje todo tipo terrenos, construcciones, propiedades y bienes raíces y sus instalaciones, sean, para actividades industriales, habitacionales, mineras, agrícolas, recreacionales, comerciales o transporte; y, el desarrollo de todas aquellas actividades que de manera directa se relacione con las anteriores

Administración

La administración corresponderá a uno o más administradores designados por escritura pública con al menos un 75% de las acciones con derecho a voto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, CERTIFICO: Por escritura de fecha 13 de octubre de 2022, ante mí, don FELIPE ANDRÉS GARCÍA PEÑA Y LILLO, transforma la empresa individual de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA GARCÍA PEÑA Y LILLO FELIPE E.I.R.L” o “INMOBILIARIA KATAO”, inscrita a fojas 35188 número 23550 del Registro de Comercio de Santiago en el año 2013, en una sociedad por acciones, el nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA GARCÍA PEÑA Y LILLO FELIPE SpA” o “INMOBILIARIA KATAO”. Objeto social: a) el corretaje de propiedades y la administración, por cuenta propia o, ajena de casas, edificios de departamentos, de estacionamientos, locales comerciales y cualquiera clase de comunidades sobre bienes inmuebles, estén o, no, regidas por la ley de copropiedad inmobiliaria; y, en que sea o, no, comunera la empresa; b) efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias; c) en el área inmobiliaria, podrá adquirir bienes inmuebles, edificar en ellos, explotar los inmuebles sociales, . ya sea arrendándolos, constituyéndolos en usufructo, enajenándolos, o, en cualquier otra forma; d) la explotación, administración, agencias y representación, compra, venta y corretaje todo tipo terrenos, construcciones, propiedades y bienes raíces y sus instalaciones, sean, para actividades industriales, habitacionales, mineras, agrícolas, recreacionales, comerciales o transporte; y, el desarrollo de todas aquellas actividades que de manera directa se relacione con las anteriores. Capital: El capital asciende a 5.000.000 de pesos, dividido en 5.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Don FELIPE ANDRÉS GARCÍA PEÑA Y LILLO suscribe y paga 5.000.000 de pesos, equivalente al 100% de las acciones. La administración: La administración corresponderá a uno o más administradores designados por escritura pública con al menos un 75% de las acciones con derecho a voto. Demás estipulaciones en el Estatuto Social extractado. Repertorio N°17.193. Santiago, 25 de Octubre de 2022.-