ANGELA CARO E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de octubre de 2022
- Repertorio
- 10056/2022
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- Vigésimo Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES SMC LIMITADA | socio | 77648581-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que, por escritura pública de fecha 5 de octubre de 2022, repertorio Nº10.056/2022, otorgada ante mí, comparecieron: Doña ANGELA EUGENIA CARO BECERRA, cédula de identidad Nº3.682.886-2, don DAVID PABLO SAN MARTÍN CARO, cédula de identidad Nº6.925.283-4, don CARLOS MANUEL SAN MARTÍN CARO, cédula de identidad Nº6.925.282-6, y la sociedad INVERSIONES SMC LIMITADA, RUT N°77.648.581-0, representada por don DAVID PABLO SAN MARTÍN CARO y don CARLOS MANUEL SAN MARTÍN CARO, todos con domicilio para estos efectos en Álvarez de Toledo N°410, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana. Los socios de ANGELA CARO E HIJOS LIMITADA (la “Sociedad”), la cual se encuentra inscrita a fojas 320 vuelta, Nº183, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, correspondiente al año 1993, acuerdan modificar la Sociedad en el siguiente sentido: 1. Se aumenta el capital social, de la suma de $20.000.000.- a la suma de $200.000.000.-, con un aumento efectivo y real de $180.000.000.-., el que se aporta, se pagará y enterará de la siguiente forma: A) Mediante la capitalización de utilidades por $48.000.000.- que efectúa doña ANGELA EUGENIA CARO BECERRA; B) Mediante la capitalización de utilidades por $6.000.000.- que efectúa don DAVID PABLO SAN MARTÍN CARO; C) Mediante la capitalización de utilidades por $6.000.000.- que efectúa don CARLOS MANUEL SAN MARTÍN CARO; y, D) Mediante el aporte de $120.000.000.- de INVERSIONES SMC LIMITADA , que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades de la empresa lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura. 2. La sociedad INVERSIONES SMC LIMITADA ingresa como nuevo socio a la Sociedad. 3. Se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de doscientos millones de pesos, que los socios, aportaron, aportan y se obligan a aportar en la forma que se indica a continuación: a) Doña ANGELA EUGENIA CARO BECERRA aporta la cantidad de sesenta y cuatro millones de pesos, equivalentes al treinta y dos por ciento de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados; b) Don DAVID PABLO SAN MARTÍN CARO aporta la cantidad de ocho millones de pesos, equivalentes al cuatro por ciento de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados; c) Don CARLOS MANUEL SAN MARTÍN CARO aporta la cantidad de ocho millones de pesos, equivalentes al cuatro por ciento de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados; e, d) INVERSIONES SMC LIMITADA aporta la cantidad de ciento veinte millones de pesos, equivalentes al sesenta por ciento de la totalidad de los derechos sociales, suma que este se obliga a pagar en dinero efectivo u otros bienes, a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento”. 4. Se modifica la razón social de la Sociedad, de ANGELA CARO E HIJOS LIMITADA a COMERCIALIZADORA Y ELABORADORA MEPIACHE LIMITADA. A su vez, el nuevo nombre de fantasía de la Sociedad es “MEPIACHE LTDA.”. 5. Se modifica la administración de la Sociedad, en el siguiente sentido: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a: i) Doña ANGELA EUGENIA CARO BECERRA, cédula de identidad Nº3.682.886-2, quien podrá actuar individualmente; y, ii) Don DAVID PABLO SAN MARTÍN CARO, cédula de identidad Nº6.925.283-4, y, don CARLOS MANUEL SAN MARTÍN CARO, cédula de identidad Nº6.925.282-6, quienes deberán actuar conjuntamente. Los apoderados deberán actuar, de la forma descrita, a nombre de la Sociedad y anteponiendo a sus nombres la razón social, y podrán, en el ejercicio de sus facultades, representar a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en la ejecución de toda clase de actos y en la celebración de todo tipo de contratos. 6. En todo lo no modificado se mantienen vigentes estipulaciones sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2022.