Gil Hermanos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2022
- Repertorio
- 46369
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
D) Realizar cualquier otro objeto que los socios acuerden.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas originales del pacto social y sus modificaciones. Santiago, 27 de Octubre de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, piso 2, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública, de fecha 25 de octubre de 2022, Repertorio Nº46369, otorgada ante mí: La comunidad hereditaria o sucesión de don Jorge Eduardo Gil Valenzuela compuesta por don JORGE EDUARDO GIL HERRERA, domiciliado en Cerro Colorado Nº 6221, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación, de doña SILVIA EDITH HERRERA BRONDI, domiciliada en Robinson Crusoe Nº 964, departamento Nº43, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, de doña MARÍA JOSÉ GIL HERRERA, domiciliada en Petrouska Nº 1513, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, región Metropolitana y de doña ANITA DE LOS ÁNGELES GIL HERRERA, domiciliada en Alonso de Camargo Nº 6167, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana; La comunidad hereditaria o sucesión de don Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela compuesta por don JUAN RAFAEL ALFONSO GIL SERRANO, domiciliado en El Manantial Nº 1770, departamento Nº 304, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación, de doña CARMEN ELENA SERRANO BERNAL, domiciliada en avenida Chamisero Nº 15921, casa Nº 27, comuna de Colina, ciudad de Santiago, región Metropolitana, y de doña JAVIERA DE LOS ÁNGELES GIL SERRANO, domiciliada en José María Escrivá de Balaguer Nº 930 Torre A, departamento 401, comuna y ciudad de Concón, región de Valparaíso; Doña ANA MARÍA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado Nº 6110, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana; y doña MARÍA CECILIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado Nº 6110, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, acuerdan modificar la sociedad “GIL HERMANOS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 1981 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.414, Nº 10.155, del año 1981; la cual fue modificada por escritura pública de fecha 10 de octubre de 1984 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 17.168, Nº 9.265, del año 1984; modificada por escritura pública de fecha 04 de mayo de 1988 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 10.718, Nº 5.762, del año 1988; la última modificación de la sociedad consta en escritura pública de fecha 02 de mayo de 2022 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 54.176 Nº 24.107 del año 2022; en los siguientes términos: modificar el objeto social y reemplazar la cláusula “Dos” del pacto social de la Sociedad, quedando del siguiente tenor: “Dos: El objeto de la sociedad será: A) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y en general efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones. B) Adquirir y enajenar toda clase de bienes corporales e incorporales, incluso derechos y acciones con propósito de inversión o renta. C) La compra y venta de bienes inmuebles, como también la administración de estos, el desarrollo, ejecución y administración de toda clase de proyectos y negocios, y la participación en empresas y otras sociedades, como socio de ellas o en cualquier otra calidad y cualquiera sea su objeto. D) Realizar cualquier otro objeto que los socios acuerden.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas originales del pacto social y sus modificaciones. Santiago, 27 de Octubre de 2022.