SOCIEDAD DE PROFESIONALES MEDICOS BLANCO Y PARRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2022
- Notario
- Álvaro David González Salinas
- Oficio
- 42º Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro David González Salinas, Notario Público Titular de la 42º Notaria Santiago, Agustinas Nº 1070, 2do Piso, certifico: por escritura pública de fecha 11/08/2022, ante mi: José Tito Blanco Guzmán, chileno, divorciado, médico cirujano, C.I.N°9.004.932-1, Carmencita N° 25, piso 9, letra B, Las Condes, Región Metropolitana; Claudia Andrea Parra Gaete, chilena, divorciada, médico cirujano, C.I.N°11.978.188-4, Av. Profesora Amanda Labarca N° 96, Of.,75, Santiago, Región Metropolitana; Christian José Ovalle Cárcamo, chileno, viudo, factor de comercio, C.I.N° 13.910.914-7, Agustinas N° 853, Of.,845, Santiago, Región Metropolitana, y Natalia Alejandra Vergara Berrios, chilena, quien declara ser soltera, factor de comercio, C.I.N° 15.479.504-9, Av. Providencia N° 1102, depto., 115, Providencia, Región Metropolitana, modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES MEDICOS BLANCO Y PARRA LIMITADA”, R.U.T N°76.008.466-2, capital social $10.000.000, constitución inscrita a Fj. 54.940, N° 38.914, Registro de Comercio, CBRS, año 2007, en el siguiente sentido: UNO). José Tito Blanco Guzmán, vende, cede y transfiere el total de sus derechos en la compañía, que equivalen al cincuenta por ciento del total de los derechos de la sociedad, a doña Natalia Alejandra Vergara Berrios, ya individualizada, quien los compra acepta y adquiere para sí en la suma de dos millones quinientos mil pesos, totalmente pagados en la forma indicada en escritura extractada; DOS). Claudia Andrea Parra Gaete, vende, cede y transfiere el total de sus derechos en la compañía, que equivalen al cincuenta por ciento del total de los derechos de la sociedad, a don Christian José Ovalle Cárcamo, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de dos millones quinientos mil pesos, totalmente pagados en la forma indicada en escritura extractada; Tres). Consecuencia de lo anterior, se retiran de la sociedad José Tito Blanco Guzmán y Claudia Andrea Parra Gaete, ingresando como nuevos socios: Christian José Ovalle Cárcamo dueño del 50% de los derechos y participación social total de la compañía, y Natalia Alejandra Vergara Berrios, dueña del 50% de los derechos y participación social total de la compañía, quienes pasan a tener la calidad de únicos socios; Cuatro). Christian José Ovalle Cárcamo y Natalia Alejandra Vergara Berrios, en su calidad de únicos socios como ya se indicó, acuerdan Modificar dicha sociedad en el siguiente sentido: A). Se modifica el Nombre o Razón Social de la sociedad, que pasará a ser el siguiente: “SOCIEDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LA OTRA OPCION LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “SERVICIOS LA OTRA OPCION LIMITADA”; B). De igual manera se modifica la Administración, Representación y Uso de la Razón Social de la sociedad, la que le corresponderá en adelante exclusivamente a don Christian José Ovalle Cárcamo, ya individualizado, y dotado de todas y cada una de las facultades de administración y representación indicadas en el pacto social constitutivo, y la que podrá ejercer por sí mismo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello ya sea por instrumento privado o mediante escritura pública.- Las anteriores son las únicas modificaciones que se le introducen a la sociedad, en todo lo demás se mantienen vigentes los actuales estatutos primitivos.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de octubre de 2022.