CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RD ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 13066019-3 CVE 2209926
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2022
Repertorio
12339/2022
Notario
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
Oficio
48ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años contados desde fecha escritura constitución que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 2 años, a menos cualquiera socios decida poner término mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según fuere del caso

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales

Administración

corresponderá a Víctor Ignacio Rojas Silva y)o Manuel José Díaz de Valdés Herrera, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de los socios administradores, con amplias facultades de administración y disposición de bienes que se indican en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022, Repertorio N° 12.339/2022, ante mí, Víctor Ignacio Rojas Silva, cédula nacional de identidad número 13.066.019-3 y Manuel José Díaz de Valdés Herrera, cédula nacional de identidad número 13.548.976-K, ambos domiciliados en calle Isidora Goyenechea 3120, piso 8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “RD ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, la que podrá actuar y funcionar, inclusive ante bancos, con el nombre de fantasía “RD LTDA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales. Administración: corresponderá a Víctor Ignacio Rojas Silva y/o Manuel José Díaz de Valdés Herrera, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de los socios administradores, con amplias facultades de administración y disposición de bienes que se indican en escritura extractada. Plazo: 5 años contados desde fecha escritura constitución que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 2 años, a menos cualquiera socios decida poner término mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según fuere del caso. Capital: $1.000.000, que se aporta y paga de la siguiente forma: (i) Víctor Ignacio Rojas Silva con $500.000, pagado al contado y dinero efectivo, monto que corresponde al 50% del capital social y Manuel José Díaz de Valdés Herrera con $500.000, pagado al contado y dinero efectivo, monto que corresponde al 50% del capital social. La responsabilidad de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otros asuntos no son materia de extracto, constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de Octubre de 2022.