INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA CATALINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- diez años contados desde fecha escritura extracta, la que se entenderá prorrogada en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La representación, administración y uso de la razón social, le corresponderá indistintamente a don JUAN LUIS CALVO FERNÁNDEZ
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública con fecha de 1 de septiembre de 2022, ante mí, JUAN LUIS CALVO FERNÁNDEZ, domiciliado en Avenida El Golf 280, departamento 1102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, por si y en representación de FELIPE CALVO LARRAÍN, domiciliado en Andrés Borrego número 10, departamento 4 izquierdo, Madrid, España; NICOLÁS CALVO LARRAÍN, domiciliado en Avenida Kennedy Interior 5436, departamento 13, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; MATÍAS CALVO LARRAÍN, domiciliado en calle José Manuel Cousiño 1835, departamento 209, comuna de Providencia, Región Metropolitana; MARÍA JOSÉ CALVO LARRAÍN, domiciliada en Condominio Parque Los Castaños 1720, casa 7, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don JUAN LUIS CALVO LARRAÍN domiciliado en calle La Luna 1160, departamento 401, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; en sus calidades de únicos y actuales socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA CATALINA LIMITADA, inscrita a fojas 28.427, número 21.374 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2003, efectuaron modificación de la sociedad, en la siguiente forma: A) División de la Sociedad: Los únicos y actuales socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA CATALINA LIMITADA, acordaron en forma unánime dividir la sociedad en dos compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica, sin perjuicio de las modificaciones que más adelante se acuerden; y una segunda sociedad de responsabilidad limitada, que nacerá de la división de la actual sociedad y girará bajo la razón social INVESTMENTS SANTA CATALINA LIMITADA, con el objeto, capital y demás elementos de la esencia, de la naturaleza y accidentales que se pactan en su estatuto. La división de la sociedad se realizará con vigencia y efectos a partir de esta misma fecha. Los únicos y actuales socios de la sociedad que se divide serán también socios, con misma participación en el capital, de la sociedad que nace producto de la división. B) Disminución de Capital: Los únicos y actuales socios acordaron disminuir el capital de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA CATALINA LIMITADA, por efecto y a consecuencia de la división, conviniendo modificar el artículo cuarto, relativo al capital social, cuyo texto se sustituye íntegramente por el siguiente: ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad será la suma total y única de cuatrocientos dieciocho millones ochocientos siete mil seiscientos sesenta y cinco pesos que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: a) don Juan Luis Calvo Fernández aportó la suma de cuarenta y ocho millones setecientos dieciséis mil seiscientos treinta pesos, suma entregada con anterioridad; b) don Nicolás Calvo Larraín aportó la suma de setenta y cuatro millones dieciocho mil doscientos siete pesos; c) don Felipe Calvo Larraín aportó la suma de setenta y cuatro millones dieciocho mil doscientos siete pesos; d) don Matías Calvo Larraín aportó la suma de setenta y cuatro millones dieciocho mil doscientos siete pesos; e) doña María José Calvo Larraín aportó la suma de setenta y cuatro millones dieciocho mil doscientos siete pesos; y f) Juan Luis Calvo Larraín aportó la suma de setenta y cuatro millones dieciocho mil doscientos siete pesos.” C) Se aprueban los estatutos de la sociedad constituida con motivo de la división, cuyos socios, JUAN LUIS CALVO FERNÁNDEZ, domiciliado en Avenida El Golf 280, departamento 1102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, por si y en representación de FELIPE CALVO LARRAÍN, domiciliado en Andrés Borrego número 10, departamento 4 izquierdo, Madrid, España; NICOLÁS CALVO LARRAÍN, domiciliado en Avenida Kennedy Interior 5436, departamento 13, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; MATÍAS CALVO LARRAÍN, domiciliado en calle José Manuel Cousiño 1835, departamento 209, comuna de Providencia, Región Metropolitana; MARÍA JOSÉ CALVO LARRAÍN, domiciliada en Condominio Parque Los Castaños 1720, casa 7, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don JUAN LUIS CALVO LARRAÍN domiciliado en calle La Luna 1160, departamento 401, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acuerdan lo que a continuación se extracta: Razón Social: “INVESTMENTS SANTA CATALINA LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “INVESTMENTS SANTA CATALINA LTDA.”, inclusive ante Bancos, Instituciones Financieras, y en general, ante cualquier persona sea natural o jurídica, como así también ante cualquier autoridad. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles exclusivamente en el extranjero, pudiendo al efecto invertir el dinero y/o los valores a través de todo tipo de instrumento financiero; b) la administración de dichas inversiones y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas se deriven; y c) constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto, y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: diez años contados desde fecha escritura extracta, la que se entenderá prorrogada en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno. Capital: El capital inicial de la sociedad será la suma de mil dos millones seiscientos ochenta y siete mil setecientos ochenta y cuatro pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) don Juan Luis Calvo Fernández aportó la suma de ciento dieciséis millones seiscientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos; b) don Nicolás Calvo Larraín aportó la suma de ciento setenta y siete millones doscientos diez mil quinientos ochenta y seis pesos; c) don Felipe Calvo Larraín aportó la suma de ciento setenta y siete millones doscientos diez mil quinientos ochenta y seis pesos; d) don Matías Calvo Larraín aportó la suma de ciento setenta y siete millones doscientos diez mil quinientos ochenta y seis pesos; e) doña María José Calvo Larraín aportó la suma de ciento setenta y siete millones doscientos diez mil quinientos ochenta y seis pesos; y f) Juan Luis Calvo Larraín aportó la suma de ciento setenta y siete millones doscientos diez mil quinientos ochenta y seis pesos.” Administración: La representación, administración y uso de la razón social, le corresponderá indistintamente a don JUAN LUIS CALVO FERNÁNDEZ. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 1 de septiembre de 2022. FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular.