COMERCIALIZADORA OFICIO 22 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2022
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $6.352.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años. Renovable por períodos de 1 año en forma señalada en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compra y venta al detalle, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, así como la explotación, por cuenta propia o ajena, de tiendas, puestos de venta, sitios web, portales digitales o cualquiera clase de establecimientos de comercio o medios digitales en donde se compren y vendan, de forma pública o privada, dichos bienes. La sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto lícito que los socios de común acuerdo determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, San Miguel, certifica que por escritura pública con fecha 06 de octubre de 2022, ante mí, Magdalena Paz Frezza Giglio, domiciliada en Compañía de Jesús N°2153, departamento 815, comuna de Santiago, Región Metropolitana; Nataly Esmirna Galaz Bravo, domiciliada en Avenida Irarrázaval N°3236, departamento 22 F, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; Fernando Ignacio Salazar Cerda, domiciliado en Buzo Sobenes N°4856, villa Zelada, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; Maite Edurne Araya Basterrechea, domiciliada en Lord Cochrane N°252, departamento 901, comuna de Santiago, Región Metropolitana; Catalina Javiera Guaico Acevedo, domiciliada en José Miguel de la Barra N°521, departamento 2F, comuna de Santiago Región Metropolitana; y Katherine Nicole Ruiz Atal, domiciliada en San Isidro N°192-5, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Razón social: “COMERCIALIZADORA OFICIO 22 LIMITADA” pudiendo también utilizar para fines publicitarios y comerciales, la sigla comercial o el nombre de fantasía de “OFICIO 22 LTDA.”. Administración y Uso Razón Social: Nataly Esmirna Galaz Bravo, actuando individualmente, con las facultades, atribuciones y límites estipulados en escritura extractada. Capital: $6.352.000, aportados de la siguiente forma: a) Magdalena Paz Frezza Giglio, $1.195.000, equivalente a un 18,81% aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura; b) Nataly Esmirna Galaz Bravo, $1.244.000, equivalente a un 19,58%, aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura; c) Fernando Ignacio Salazar Cerda, $1.139.000, equivalente a un 17,93% aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura; d) Maite Edurne Araya Basterrechea, $1.191.000, equivalente a un 18,75% aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura; e) Catalina Javiera Guaico Acevedo, $976.000, equivalente a un 15,37% aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura; y, f) Katherine Nicole Ruiz Atal, $607.000, equivalente a un 9,56% aproximado de los derechos sociales, pendientes de pago dentro de 1 mes contado desde la fecha de la escritura. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compra y venta al detalle, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, así como la explotación, por cuenta propia o ajena, de tiendas, puestos de venta, sitios web, portales digitales o cualquiera clase de establecimientos de comercio o medios digitales en donde se compren y vendan, de forma pública o privada, dichos bienes. La sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto lícito que los socios de común acuerdo determinen. Duración: 5 años. Renovable por períodos de 1 año en forma señalada en escritura extractada. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones, escritura extractada. San Miguel, 27 de octubre de 2022.