MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVIMAULE EMPRESA DE SERVIVCIOS TRANSITORIOS LIMITADA

RUT 76738845-4 CVE 2209234
Fecha instrumento
7 de octubre de 2022

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2022
Repertorio
517/2017
Notario
CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL
Domicilio
Curicó

Objeto social

Se modifica el objeto social por el siguiente: a) La prestación de servicios gastronómicos, la construcción, instalación, administración, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes, casinos de alimentos, bar y centros de eventos, o cualquiera clase de establecimientos públicos o privados en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de las anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; b) la prestación de servicios materiales e inmateriales, incluyendo asesorías y capacitación, en el rubro de la gastronomía; c) explotación de establecimientos comerciales del área restaurante, turismo, bares y similares; d) compraventa, distribución, fabricación, elaboración, importación y exportación, por cuenta propia o ajena de toda clases de bienes muebles; e) obtención de beneficios o rentas de inversiones de fondos sociales en toda clases de bienes raíces o muebles; f) explotación de vehículos de carga o de pasajeros, sea en actividades de turismo o en cualquiera otra; g) prestación de servicios de banquetería y eventos relacionados con el rubro gastronómico; h) fabricación, creación, producción, embotellado, venta, compra, importación y exportación de productos alimenticios, bebidas alcohólicas, analcohólicas, zumos y aguas envasadas; y i) en general, toda actividad afín y autorizada por la ley, que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL, abogado, Notario Público de Curicó, con oficio en calle Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de octubre del año 2022, doña MARÍA SOLEDAD TORAL BUSTAMANTE, doña SOLEDAD ALEJANDRA ARRAU TORAL, y don ALVARO JAVIER ARRAU TORAL, todos domiciliados -para estos efectos- en calle Las Heras 278, comuna y ciudad de Curicó, modificaron sociedad “SERVIMAULE EMPRESA DE SERVIVCIOS TRANSITORIOS LIMITADA”, del giro de su denominación, RUT N°76.738.845-4, constituida por escritura pública de fecha 14 de marzo del 2017, otorgada ante el Notario Público de Curicó don Eduardo Del Campo Vial, bajo el Repertorio N° 517/2017, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial N° 41.722 del 30 de marzo del 2017, y se inscribió a fojas 563 vta., N° 276 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del 2017.- MODIFICACIÓN: 1) MODIFICACIÓN RAZÓN SOCIAL: Se modifica el nombre o razón social actual “SERVIMAULE EMPRESA DE SERVIVCIOS TRANSITORIOS LIMITADA” por “SERVIMAULE FOODS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive en Bancos, Instituciones Financieras o cualquier organismo público o privado, con el nombre de “SM FOODS LIMITADA”, pudiendo suprimirse, además, la expresión “Limitada” por “Ltda.”; términos que podrán usarse en forma indistinta.- 2) MODIFICACIÓN OBJETO SOCIAL: Se modifica el objeto social por el siguiente: a) La prestación de servicios gastronómicos, la construcción, instalación, administración, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes, casinos de alimentos, bar y centros de eventos, o cualquiera clase de establecimientos públicos o privados en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de las anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; b) la prestación de servicios materiales e inmateriales, incluyendo asesorías y capacitación, en el rubro de la gastronomía; c) explotación de establecimientos comerciales del área restaurante, turismo, bares y similares; d) compraventa, distribución, fabricación, elaboración, importación y exportación, por cuenta propia o ajena de toda clases de bienes muebles; e) obtención de beneficios o rentas de inversiones de fondos sociales en toda clases de bienes raíces o muebles; f) explotación de vehículos de carga o de pasajeros, sea en actividades de turismo o en cualquiera otra; g) prestación de servicios de banquetería y eventos relacionados con el rubro gastronómico; h) fabricación, creación, producción, embotellado, venta, compra, importación y exportación de productos alimenticios, bebidas alcohólicas, analcohólicas, zumos y aguas envasadas; y i) en general, toda actividad afín y autorizada por la ley, que acuerden los socios.- 3) CESIÓN DE DERECHOS.- UNO.- doña Soledad Alejandra Arrau Toral vende, cede y transfiere el cinco por ciento de los derechos que le corresponden, en la sociedad individualizada precedentemente, a don Alvaro Javier Arrau Toral, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio total de la cesión es la suma de un millón de pesos, que el cesionario paga a la cedente, en este acto, al contado y en dinero efectivo, y que la cedente declara recibir a su más entera satisfacción y conformidad; DOS.- Como consecuencia de la cesión de derechos se modifica la sociedad en los siguientes términos: A) Los únicos y actuales socios de la sociedad son las personas que a continuación se indican, quienes quedan con la participación en los derechos sociales, y en las utilidades y pérdidas de dicha sociedad, que para cada una de ellas se señala: a) Doña María Soledad Toral Bustamante, veinticinco; b) Doña Soledad Alejandra Arrau Toral, setenta; y c) Don Alvaro Javier Arrau Toral, cinco por ciento.- B.- La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá al socio Alvaro Javier Arrau Toral, con las mismas facultades señaladas en el primitivo pacto social, pudiendo delegar dicha administración en el momento y oportunidad en que así lo estime conveniente. En lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº1725/2022.- Curicó, 20 de octubre de 2022.-