MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA E INMOBILIARIA FDV LIMITADA

RUT 77307703-7 CVE 2209203
Fecha instrumento
24 de octubre de 2022

Instrumento

Fecha
24 de octubre de 2022
Notario
Andrés Carlos Zavala Courriol
Oficio
Notaría número veintinueve de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Carlos Zavala Courriol, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Mac Iver número 225, oficina número 302, certifico: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, don CRISTIAN IGNACIO DÍAZ GÓMEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número 15.343.157-4, don MAURICIO ALEJANDRO VIAL BALLADARES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número 15.935.433-4, y don RICARDO SEBASTIÁN FERNÁNDEZ ZÚÑIGA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número 16.015.430-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Estoril número 200, oficina 203, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar los estatutos sociales de “AGRICOLA E INMOBILIARIA FDV LIMITADA”, inscrita a fojas 10.161, número 4592 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, correspondiente al año 2021, en los siguientes términos: Uno) Se sustituye la razón social y nombre de fantasía de la sociedad reemplazando la cláusula segunda por la siguiente: “SEGUNDO: La razón social será “AGRÍCOLA FDV LIMITADA”, sin perjuicio que para efectos publicitarios, comerciales, bancarios y de cualquier otra orden pueda usar también indistintamente el nombre de fantasía AGRÍCOLA FDV LTDA.”; y DOS) Se modifica el objeto de la sociedad reemplazando la cláusula tercera por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones de todo tipo, y especialmente agrícola en toda clase de activos, la participación en todo tipo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, y en comunidades y sociedades de toda clase; así como la compra, venta, arrendamiento, usufructo, explotación y administración de predios agrícolas u otros rústicos, en cualesquiera de sus formas, y el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con el rubro agrícola, ganadero y forestal. Asimismo la sociedad podrá realizar todas las actividades derivadas o que se relacionen con las señaladas y cualquier otro negocio que acordaren por escrito los socios.”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de Octubre de 2022.-