CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PROFESIONALES KTC LIMITADA

CVE 2208960
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2022
Notario
JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI
Domicilio
Titular don Pablo Alberto González Caamaño
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Será la ciudad de Santiago
Duración
5 años, renovables

Objeto social

Será La prestación de servicios de externalización de personal y servicios en general, a instituciones, empresas, publicas y)o privadas, así como las gestiones necesarias para su selección y capacitación; y, en general, cualquier otra actividad relacionada o no con el giro principal o que los socios acuerden

Administración

La administración, y uso de la razón social corresponderá, a la socia TIARE ANDREA CASTRO MEDINA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Notario Público Suplente del Titular don Pablo Alberto González Caamaño, Novena Notaria de Santiago, con oficio en Teatinos N° 333, entrepiso, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 21 de octubre de 2022, otorgada ante el titular: Los comparecientes CESAR EUGENIO MENA RETAMAL, chileno, casado, profesor, con domicilio en Parcela 7, Santa Sara, Lampa; doña TIARE ANDREA CASTRO MEDINA, chilena, soltera, Ingeniero en Recursos Humanos, con domicilio en Avenida El Pellin 1780, departamento C 41, Lampa y KATHERINE ARACELY GONZALEZ SOLIS, chilena, soltera, Técnico en Recursos Humanos, con domicilio en Garibaldi 723, Lampa, todos de paso en ésta, quienes constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: Será “SERVICIOS PROFESIONALES KTC LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “KTC LTDA.”.- Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los negocios o sucursales que puedan establecer en el resto del país o del extranjero. Duración: 5 años, renovables. Objeto: Será La prestación de servicios de externalización de personal y servicios en general, a instituciones, empresas, publicas y/o privadas, así como las gestiones necesarias para su selección y capacitación; y, en general, cualquier otra actividad relacionada o no con el giro principal o que los socios acuerden. Capital: $10.000.000.-, que los socios enteran de la siguiente forma: a) Don CESAR EUGENIO MENA RETAMAL, aporta la suma de $8.500.000, los que se pagan en éste acto de contado, ya ingresado a caja social, equivalente al 85% de los derechos sociales; b) Doña TIARE ANDREA CASTRO MEDINA, aporta la suma de $1.000.000, los que se pagan en éste acto de contado, ya ingresado a caja social, equivalente al 10% de los derechos sociales; y, c) Doña KATHERINE ARACELY GONZALEZ SOLIS, aporta la suma de $500.000, los que se pagan en éste acto de contado, ya ingresado a caja social, equivalente al 5% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada única y exclusivamente al monto de sus aportes. Administracion. La administración, y uso de la razón social corresponderá, a la socia TIARE ANDREA CASTRO MEDINA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada.