MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Bua Limitada

RUT 76156455-2 CVE 2208420
Fecha instrumento
7 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificado que por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2022, ante mí, don Patricio Ábalos Labbé, por sí y en representación de Inmobiliaria Prime Limitada, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Sur N° 100, piso 17, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, únicos y actuales socios de la sociedad Desarrollos e Inversiones AGSA Limitada (la “Sociedad”), modificaron la Sociedad en los siguientes términos: Modificación Razón Social. Se modifica la razón social de la Sociedad a Inversiones BUA Limitada, y en consecuencia se sustituye el Artículo Primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero: La razón o firma social de la sociedad es INVERSIONES BUA LIMITADA, pudiendo usar para los efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión INVERSIONES BUA LTDA., con la que se obligará la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra”. Modificación duración de la Sociedad. Se modifica la duración de la Sociedad y en consecuencia se sustituye el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: La duración de la sociedad será hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta y siete, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Se facultó a portador de este extracto para legalización. Santiago, 18 de octubre de 2022.