I.P.E. COMUNICACIONES COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2022
- Repertorio
- 2746-2022
- Notario
- JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín N°906, comuna de Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de octubre de 2022, repertorio N°2.746-2022, ante mí, doña LIGIA DEL TRÁNSITO SUÁREZ ACUÑA, Factor de Comercio, C.I. Nº8.577.752-1, por sí, y en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES JJD LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, R.U.T. Nº78.650.100-8, ambos domiciliados en Avenida Roosevelt N°1.608, Concepción, como únicos socios, modificaron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: I.P.E. COMUNICACIONES COMPAÑÍA LIMITADA. RUT: 76.661.780-8. CONSTITUCIÓN: Por escritura pública de 06 de octubre del año 2006, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don José Gerardo Bambach Echazarreta, su extracto se publicó en el número 1495, del Registro de Comercio del año 2006, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. CAPITAL: $60.000.000, íntegramente suscrito, enterado, pagado, e ingresado a caja social. MODIFICACIÓN: Artículo tercero de sus estatutos sociales, relativo al giro u objeto social, estableciendo que será: a) la compra, venta, importación, exportación, fabricación, distribución, comercialización, consignación de todo tipo de equipos y similares, instrumentos, accesorios de telefonía en general y representaciones; b) la asesoría, consultoría financiera y de apoyo al giro, y actividades de asesoramiento empresarial en materia de gestión; y c) la celebración y ejecución de todo tipo de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con lo anterior, y que los socios acuerden, tales como contratos de planes de prepago de telefonía móvil, venta de tarjetas telefónicas, teléfonos celulares, contratos de acceso a internet, contratos de asesoría, entre otros. RESPONSABILIDAD: Los socios son responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, octubre 25 de 2022. Doy Fe.-//mme