CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ERBETTA MELO ABOGADOS LIMITADA

RUT 10721072-5 CVE 2208638
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2022
Notario
Félix Jara Cadot
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales jurídicos y otros propios de la profesión de abogado

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá a cualesquiera de los socios Juan Ignacio Erbetta Chávez y)o Mario Ignacio Melo Quintana, con amplias facultades de

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Juan Ignacio Erbetta Chávez socio 10721072-5
Mario Ignacio Melo Quintana socio 9949367-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022, ante mí, don Juan Ignacio Erbetta Chávez, abogado, CNI: 10.721.072-5, y don Mario Ignacio Melo Quintana, abogado, CNI: 9.949.367-4, ambos domiciliados en calle Rosario Norte número 555, oficina 1104, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; vinieron a constituir una sociedad de responsabilidad limitada, la cual estará regida por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones, por el Código Civil, por el Código de Comercio y en especial por los estatutos de la escritura extractada: NOMBRE: “ERBETTA MELO ABOGADOS LIMITADA”.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se pueda establecer en el resto del país o en el extranjero.- DURACIÓN: 5 años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término.- OBJETO: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales jurídicos y otros propios de la profesión de abogado.- CAPITAL: $1.000.000.-, el que se pagará y aportará de la siguiente forma: a) don Juan Ignacio Erbetta Chávez aportará la suma de $500.000.-, en dinero efectivo, dentro de un año a contar de la fecha de la presente escritura. b) don Mario Ignacio Melo Quintana aportará la suma de $500.000.-, en dinero efectivo, dentro de un año a contar de la fecha de la escritura extractada. Además, ambos socios se obligan a prestar su trabajo personal a la sociedad.- ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración corresponderá a cualesquiera de los socios Juan Ignacio Erbetta Chávez y/o Mario Ignacio Melo Quintana, con amplias facultades de administración.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 octubre 2022.-