Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2022
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Administración
Se nombra o designa en calidad de administradores de la sociedad a los señores SERGIO ARTURO SANHUEZA VERGARA y PAMELA ALEJANDRA COLOMA GATICA, quienes, actuando en forma separada e indistinta y anteponiendo a sus firmas la razón social, contarán con las más amplias facultades de representación de la sociedad, de conformidad con los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, notario público titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con oficio en calle Urmeneta número 414, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña PAMELA ALEJANDRA COLOMA GATICA, cédula de identidad número 12.320.951-6 y don SERGIO ARTURO SANHUEZA VERGARA, cédula de identidad número 12.321.373-4,han constituido la sociedad por acciones denominada “CATAIG SERVICIOS SpA”, con domicilio en la ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de las demás agencias, oficinas, establecimientos y/o sucursales que pueda tener en el país o el extranjero. El objeto social será: a) la prestación, por cuenta propia o ajena, de asesorías profesionales en general y de orden tributario, contable, de auditoría y gestión de negocios en general; b) la representación de empresas de gestión en general; c) alquiler de vehículos automotores sin chofer; d) la realización o ejecución de operaciones mercantiles relacionadas con inversión de toda naturaleza; e)la adquisición de derecho y acciones en sociedades ya constituidas o por constituir; f) la realización de operaciones financieras en general. El capital será de $1.000.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, capital que se encuentra suscrito y pagado totalmente. Duración: Indefinida. Administración: Se nombra o designa en calidad de administradores de la sociedad a los señores SERGIO ARTURO SANHUEZA VERGARA y PAMELA ALEJANDRA COLOMA GATICA, quienes, actuando en forma separada e indistinta y anteponiendo a sus firmas la razón social, contarán con las más amplias facultades de representación de la sociedad, de conformidad con los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 21 de Octubre de 2022.-