CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Internacionales Nueva Alameda SpA

RUT 14090750-2 CVE 2208166
Fecha instrumento
5 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de agosto de 2022
Repertorio
3912-2022
Notario
Maria Fernanda de los Santos Ferraz
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N°19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Fernanda de los Santos Ferraz, abogado, Notario Público de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 153, comuna de Providencia, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, comparece: don JORGE MESSEN CONCHA, cédula de identidad N° 14.090.750-2, con domicilio en Rosario Norte N°100, Oficina 402, Las Condes, Santiago en representación de: PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N° 8.625.441-7, y don JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N° 8.625.442-5, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O´Higgins N° 198, comuna de Rancagua, Sexta Región, mandatario debidamente facultado expone: mediante escritura pública de fecha 5 de agosto del año 2022 se acordó constituir la sociedad INVERSIONES INTERNACIONALES NUEVA ALAMEDA SpA. La referida constitución social, no se ha inscrito en el Registro de Comercio pertinente ni publicado en el conforme a la Ley N°19.499, viene en sanear escritura pública de fecha 5 de agosto de 2022, Repertorio N° 3912-2022, otorgada ante el notario suplente Miguel Chacon Zeballos, domiciliado en calle Campos N°377, comuna de Rancagua, en la que se constituyó INVERSIONES INTERNACIONALES NUEVA ALAMEDA SpA, toda vez que el extracto respectivo de la referida escritura, no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua dentro del plazo que establece la Ley; a fin de proceder a la inscripción del extracto de saneamiento en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y posterior publicación en el Diario Oficial, dentro de los plazos dispuestos por la ley.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2022.