CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERFIN INTERNACIONAL SpA

CVE 2207583
Capital
$2.722 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2022
Repertorio
31816-2022
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.722 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, en Chile o en el extranjero, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión y de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de septiembre de 2022, ante mí, bajo el número de repertorio 31.816-2022, la sociedad Inverfin Dos Inversiones Limitada, debidamente representada, vino en constituir sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Inverfin Internacional SpA". Objeto: La Sociedad tiene por objeto la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, en Chile o en el extranjero, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión y de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.722.316 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.722.316 acciones de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo a lo indicado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 24 de octubre de 2022.