SOTO AGUAYO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2018
- Repertorio
- 2137
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42º Notaria de Santiago, Agustinas 1070, 2º Piso, Santiago, hoy ante mi, doña XIMENA ELIZABETH AGUAYO CASTRO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad N° 11.476.412-4, Pasaje Vía Sur N° 612, Recoleta, don CARLOS ARTURO SOTO GONZÁLEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N° 12.640.448-4, Avenida Zapadores N° 883, Recoleta, y doña XIMENA ELIZABETH SOTO AGUAYO, chilena, soltera, relacionadora pública, cédula de identidad N° 18.153.113-4, Pasaje Aralias Cuatro N° 221, pactaron Cesión y Modificación de Sociedad Limitada denominada “SOTO AGUAYO LIMITADA”, fantasía “SOTO AGUAYO LUBRICENTRO LTDA.” RUT N° 76.934.104-8, Capital $1.000.000., escritura pública de fecha 27 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Ñuñoa de don Juan Eugenio del Real Armas, Repertorio N° 2.137, inscrita en extracto a fojas 66.708 N° 34.169 Registro de Comercio de Santiago del año 2018, publicada en Diario Oficial el 03 de septiembre de 2018.Modificación consiste Cesión: 1) Don CARLOS ARTURO SOTO GONZÁLEZ, vende cede y transfiere el 50% de su haber social a doña XIMENA ELIZABETH SOTO AGUAYO quién los compra para sí, en $4.000.000.- pagado en dinero efectivo.- Consecuencia de cesión se retira de la sociedad don CARLOS ARTURO SOTO GONZÁLEZ, quedando como únicas y exclusivas socios doña XIMENA ELIZABETH AGUAYO CASTRO, con el 50% haberes y derechos sociales, doña XIMENA ELIZABETH SOTO AGUAYO, con el otro 50% haberes y derechos sociales. Asimismo las socias vienen en modificar la cláusula quinta relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá exclusivamente a la socia doña XIMENA ELIZABETH AGUAYO CASTRO, quien tendrá las facultades de administración indicadas en la escritura social constitutiva y sus modificaciones. En lo no modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 18 de Octubre del 2022.