SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO EL CASTILLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Titular de la vigésima séptima Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de 28 de septiembre de 2022, REPERTORIO 13112/2022, ante mí, RAQUEL TERESA LYON OSSA, domiciliada en Robles 12.515, departamento F32, comuna de Lo Barnechea, GUILLERMO PATRICIO SOFFIA AGUIRRE, domiciliado en Fundo Santa Berta, sin número, comuna de Chimbarongo, JOSÉ ANTONIO SOFFIA AGUIRRE, domiciliado en La Llavería 2.110, departamento 606, comuna de Vitacura, RENATO SOFFIA AGUIRRE, domiciliado en Parcela F2, Fundo Santa Isabel, comuna de Colina, SEBASTIÁN SOFFIA AGUIRRE, domiciliado en Fundo Santa Berta, comuna de Chimbarongo, y MARÍA CAROLINA SOFFIA AGUIRRE, domiciliada en Lote 5, manzana F, comuna de Colina, modificaron la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO EL CASTILLO LIMITADA”, en lo siguiente: se dio cuenta del fallecimiento del socio señor Diego Patricio Arnaldo Soffia Soffia, ocurrido con fecha 19 de julio de 2021. Su fallecimiento se inscribió con el número 148, en el Registro de Defunciones del año 2021 del Registro Civil de la Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. La posesión efectiva se otorgó por resolución judicial de fecha dieciocho de marzo de dos mil veintidós, del Juzgado de Letras de Colina, en los autos rol V guion trescientos treinta y nueve guion dos mil veintiuno. La inscripción del auto de posesión efectiva se practicó a fojas sesenta y tres mil seiscientos noventa y tres, número noventa y dos mil ochocientos cincuenta y seis en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintidós. El inventario de los bienes del causante se protocolizó con fecha diez de mayo de dos mil veintidós, bajo el número treinta y seis mil cuarenta y uno en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien. En dicho inventario consta, entre otros bienes, los derechos sociales que tenía el causante en Sociedad Agrícola Fundo El Castillo Limitada. En virtud de lo señalado, los comparecientes y actuales socios vienen en modificar la Sociedad Agrícola Fundo El Castillo Limitada, en cuanto incorporar como socios a los herederos de don Diego Patricio Arnaldo Soffia Soffia haciéndoles pago de sus derechos hereditarios, e introducir otras modificaciones a las estipulaciones sociales, según se extracta más adelante. De este modo, quedan como únicos socios de Sociedad Agrícola Fundo El Castillo Limitada: RAQUEL TERESA LYON OSSA, quien se incorpora a la Sociedad, con el veintiocho coma cincuenta y tres por ciento de los derechos sociales; GUILLERMO PATRICIO SOFFIA AGUIRRE, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; JOSÉ ANTONIO SOFFIA AGUIRRE, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; RENATO SOFFIA AGUIRRE, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; SEBASTIÁN SOFFIA AGUIRRE, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; y, MARÍA CAROLINA SOFFIA AGUIRRE, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales. Considerando la modificación estipulada precedentemente, RAQUEL TERESA LYON OSSA; GUILLERMO PATRICIO SOFFIA AGUIRRE; JOSÉ ANTONIO SOFFIA AGUIRRE; RENATO SOFFIA AGUIRRE; SEBASTIÁN SOFFIA AGUIRRE; y, MARÍA CAROLINA SOFFIA AGUIRRE, en su calidad de únicos y actuales socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO EL CASTILLO LIMITADA, acuerdan ratificar la vigencia de la sociedad e introducir modificaciones a las estipulaciones de los estatutos sociales, para lo cual otorgaron un nuevo texto social para SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO EL CASTILLO LIMITADA que se extracta a continuación: La razón social es “SOCIEDAD AGRÍCOLA FUNDO EL CASTILLO LIMITADA”, pudiendo la sociedad actuar en todos sus negocios, incluso ante los bancos comerciales y otras entidades y autoridades, nacionales o extranjeras, bajo el nombre de fantasía de “Fundo El Castillo Limitada”, obligándose la sociedad como si actuara bajo la razón social íntegra. El objeto de la sociedad será la explotación de predios agrícolas especialmente el Fundo El Castillo de la Comuna de Colina, ya sea como propietaria, nuda propietaria, usufructuaria, arrendataria o titular de cualquiera otra clase de derechos reales o personales, poseedora o mero tenedora; la administración de tales predios y la comercialización de su producción agrícola, forestal, ganadera o cualquier otra que se obtenga de la explotación de los predios agrícolas; la gestión y asesoría de cualesquiera otros negocios que determinen los socios; y, en general, la realización de toda clase de negocios agrícolas o relacionado con la agricultura. Para el cumplimiento del objeto social y la realización de sus fines, se podrán celebrar y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios y relevantes. La sociedad podrá ejecutar todos los aspectos y celebrar todos los contratos y convenciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, incluso adquisiciones de toda clase de bienes a cualquier título que sean. La administración de la sociedad, el uso de la razón social y disposición de bienes corresponderá a don RENATO SOFFIA AGUIRRE actuando individualmente o bien a la socia RAQUEL TERESA LYON OSSA actuando conjuntamente con el socio JOSÉ ANTONIO SOFFIA AGUIRRE, quienes actuando de esta forma y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. El capital social es la suma de setecientos un millones seiscientos sesenta y seis mil setecientos pesos que se encuentra íntegramente pagado y aportado por socios y cuyo aporte, suscripción y entero corresponde a cada uno de ellos de la siguiente forma: Raquel Teresa Lyon Ossa, con el veintiocho coma cincuenta y tres por ciento de los derechos sociales; Guillermo Patricio Soffia Aguirre, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; José Antonio Soffia Aguirre, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; Renato Soffia Aguirre, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; Sebastián Soffia Aguirre, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales; y, María Carolina Soffia Aguirre, con el catorce coma veintinueve por ciento de los derechos sociales. La sociedad comenzó a regir a contar de la fecha de la escritura social de constitución, es decir, el treinta de marzo de mil novecientos setenta y seis, encontrándose actualmente vigente. A contar de la fecha de la escritura pública extractada, el plazo de vigencia de la sociedad será de cinco años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante una declaración contenida en escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de seis meses a la finalización del período en curso o de cualquiera de sus prórrogas. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de octubre de 2022.