CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

QUATTRINI, HIDALGO & MOLINA SpA

RUT 6881554-1 CVE 2205518
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
12 de octubre de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de octubre de 2022
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Rancagua
Duración
Tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

1.- La actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 2.- La administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales , como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras Instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de Instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, depósitos intermedios y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos; 3.- la producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de: café en grano y sus derivados, hielo y frios y toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirven, en el futuro, para el consumo humano, como productos industriales no naturales; materias primas o primarias productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirven de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existen en el futuro, para el hombre y)o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio y gastronómico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; 4.- la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 5.- La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 6.- la importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de los licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 7.- la explotación del comercio exterior, realizada por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios o repuestos, la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, similar, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; la elaboración de toda clase de estudios de mercado y proyectos de diseño industrial; titularidad, explotación o cesión de diseños de la propiedad industrial e intelectual de cualquier tipo de los productos o servicios indicados; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 8.- La administración, promoción, diseño, e implementación de publicidad para el lanzamiento al mercado tanto nacional como internacional de nuevos productos y servicios; la fabricación, producción, maquinación, adquisición, almacenamiento, e importación, según sea el caso, toda clase bienes para generar publicidad en la muestra de sus productos, elaboraciones e inversiones, entre otros; 9.- Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, abogado, Notario Interino de la Primera Notaría de Rancagua, con oficio en calle San Martín 470, Rancagua, certifico: Por escritura pública de hoy, don RAFAEL MIGUEL ÁNGEL MOLINA YÁÑEZ, Run 6.881.554-1, domiciliado en pasaje 22 número 777 Población Corvi Sur, comuna de Graneros; don MARCOS ENRIQUE QUATTRINI, DNI argentino AAH931627, contribuyente en Chile número 48.221.528-9, domiciliado en calle Mujica 301, departamento 411, comuna de Rancagua; y don PABLO JARON HIDALGO VILLAGRA, Run 11.364.566-0, domiciliado en Alcalde Eduardo Arellano 812, Villa Alto Lo Castillo, comuna de Machalí, constituyen sociedad por acciones de aquellas reguladas por Ley 18.046 artículo 5 inciso primero y título II articulo 22 número 4 Código de Comercio. NOMBRE: QUATTRINI, HIDALGO & MOLINA SpA, nombre de fantasía será LA CATEDRAL DEL CAFÉ SpA. OBJETO: 1.- La actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 2.- La administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales , como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras Instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de Instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, depósitos intermedios y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos; 3.- la producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de: café en grano y sus derivados, hielo y frios y toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirven, en el futuro, para el consumo humano, como productos industriales no naturales; materias primas o primarias productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirven de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existen en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio y gastronómico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; 4.- la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 5.- La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 6.- la importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de los licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 7.- la explotación del comercio exterior, realizada por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos, la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, similar, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; la elaboración de toda clase de estudios de mercado y proyectos de diseño industrial; titularidad, explotación o cesión de diseños de la propiedad industrial e intelectual de cualquier tipo de los productos o servicios indicados; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; 8.- La administración, promoción, diseño, e implementación de publicidad para el lanzamiento al mercado tanto nacional como internacional de nuevos productos y servicios; la fabricación, producción, maquinación, adquisición, almacenamiento, e importación, según sea el caso, toda clase bienes para generar publicidad en la muestra de sus productos, elaboraciones e inversiones, entre otros; 9.- Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. DOMICILIO: La ciudad de Rancagua. DURACIÓN: Tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años. CAPITAL: Asciende a la suma de diez millones de pesos ($10.000.000 millones de pesos) y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 12 de octubre de 2022.