CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Holding Baessa SpA

CVE 2205425
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de octubre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen

Administración

La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá a don Andrés Cutier Ergas Fargo y a doña Claudia Nanet Rappaport Leizerowicz, quienes, actuando en forma individual, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Abogado, Notario Suplente 26ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3.196, Las Condes, certifico, que por escritura pública de fecha 12 de octubre del año 2022, Rep. 9.520-2022, ante el titular Humberto Quezada Moreno, comparece: La sociedad “Erbes L.P”, debidamente representada por Andrés Cutier Ergas Farago, Claudia Nanet Rappaport Leizerowicz y Henry Ergas Ventura, quienes vienen en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: “HOLDING BAESSA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas desde fecha de la escritura extractada. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, sucursales u oficinas en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Administración: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá a don Andrés Cutier Ergas Fargo y a doña Claudia Nanet Rappaport Leizerowicz, quienes, actuando en forma individual, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de octubre de 2022. JRVM. Not. Sup.