Inversiones Alma Yaze Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 1416
- Notario
- CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE
- Domicilio
- y Archivero Judicial de San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Notario Público y Archivero Judicial de San Miguel, Gran Av. J. M. Carrera 2572, San Miguel, Certifica: Por escritura pública de fecha 26-09-2022, ante mí comparece: Alejandro Farid Yagnam Zepeda, quien actúa por sí y en representación que se acreditara de don Alberto Karim Yagnam Zepeda, y Omar Andrés Yagnam Zepeda, para estos efectos todos con domicilio en Avenida Einstein setecientos treinta, Comuna de Recoleta y de paso por esta; exponen: “Inversiones Alma Yaze Limitada”, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos treinta y siete mil novecientos cuarenta y siete guión cero, constituida por los socios don Alberto Yagnam Araya, Alberto Karim Yagnam Zepeda, como sociedad de responsabilidad limitada, por la escritura pública de fecha veinticinco de febrero del año dos mil quince, otorgada en la Notaria don Juan Eugenio Del Real Armas, abogado Notario Titular, con oficio en Avenida Irarrázaval mil setecientos cuarenta y cinco, local B, Comuna de Ñuñoa, cuyo extracto fue inscrito a Fojas dieciocho mil cuatrocientos treinta y siete Número once mil ciento uno, del Registro de Comercio de Santiago, del año dos mil quince y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile dentro del plazo legal. Alejandro Farid Yagnam Zepeda por sí y en la representación de inviste de Alberto Karim Yagnam Zepeda y Omar Andrés Yagnam Zepeda, actúan en su calidad de herederos del socio fallecido don Alberto Yagnam Araya, cedula de identidad número seis millones doscientos ochenta y tres mil ochocientos guion cero, según consta en certificado de posesión efectiva número de inscripción dos cero cero ocho seis, año dos mil veintiuno, concedida por el Director (a) Regional, Región Metropolitana de Santiago, número de resolución exenta uno ocho dos tres uno, fecha de resolución exenta con fecha veinticuatro de marzo del año dos mil veintiuno, y que recaen sobre la sociedad “Inversiones Alma Yaze Limitada”. Disolución de la Sociedad, según articulo Decimo Primero pacto constitutivo: Que por el presente instrumento, el socio compareciente y en la representación que inviste, se ha acordado la disolución de la sociedad, desde esta fecha; sin perjuicio que se efectúen en tiempo y forma, la correspondiente subinscripción en el Registro de Comercio de Santiago y publicación en el Diario Oficial, y demás trámites que fueren procedentes en Derecho. Que no existen cargas impositivas ni otros impuestos o tasas pendientes que los derivados de la presente disolución, ni deudas previsionales; e igualmente se hace constar que no existe personal que pueda tener derecho a remuneraciones o indemnizaciones que no hayan sido pagadas antes de ahora conforme a los comprobantes en poder de la sociedad. Los socios sin perjuicio de lo declarado vienen en otorgarse el más amplio y total finiquito respecto de la sociedad de la cual formaron parte, y entre ellos respecto de las obligaciones que pudieren haber emanado de la misma. personería: consta de mandato especial suscrito ante el Notario y Archivero Judicial de San Miguel Claudio Barrena Eyzaguirre, con fecha 24 de noviembre 2021, repertorio 1416, CUR 123456830716.Termino de giro SII: Folio N° 951272979 CERTIFICADO DE TÉRMINO DE GIRO El Servicio de Impuestos Internos certifica que la Declaración de Término de Giro ha sido enviada vía Internet el 05/09/2022, y ha dado cumplimiento a sus obligaciones tributarias conforme a la ley. Contribuyente Rut : 76437947-0 Razón Social / Nombre : INVERSIONES ALMA YAZE LIMITADA Fecha inicio actividades : 24/08/2018 Domicilio Principal AVENIDA EINSTEIN 730-A SANTIAGO, RECOLETA Período Término de Giro Fecha Inicio Fecha Término 01/01/2022 24/08/2022 Actividades Económicas Código Descripción Fecha Inscripción Categoría Afecto / No Afecto a IVA 492290 OTRAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR VIA TERRESTRE N.C.P. 24/08/2018 1 N 492220 SERVICIOS DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES 24/08/2018 1 N Se deja constancia que este contribuyente se responsabiliza de los impuestos que se adeuden o que resultaren adeudarse por futuras revisiones que se practiquen conforme a la ley, para lo cual es necesario conservar, por lo menos durante 6 años los libros y demás documentos contables. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 18 Octubre de 2022.