SOCIEDAD AGRICOLA SANTA MIRNA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Notario
- Paulina Cecilia Miranda Hiriart
- Domicilio
- esta ciudad
Personas y entidades (6)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MIRNA MARÍA NICOLETTI TRUJILLO | socio | 4622886-3 | — | — | |
| HÉCTOR ALFREDO GÁRATE NICOLETTI | socio | 8395969-K | — | — | |
| M LIMITADA | socio | 76189311-4 | — | — | |
| INVERSIONES AQUACORP S.A | socio | 76227979-7 | — | — | |
| INVERSIONES DON MEDARDO SpA | socio | 77197706-5 | — | — | |
| INVERSIONES NICOLETTI LIMITADA | socio | 77187219-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Cecilia Miranda Hiriart, Notario Público interino de esta ciudad, con oficio en Avda. Bernardo O´Higgins Nº 1360, certifico que por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2022, ante mí comparecieron: MIRNA MARÍA NICOLETTI TRUJILLO, CI: 4.622.886-3, domiciliada en avenida los Libertadores Nº 2.088, comuna de El Monte; HÉCTOR ALFREDO GÁRATE NICOLETTI, CI: 8.395.969-K, domiciliado en Camoens Nº 6.474, departamento Nº 402, comuna de Vitacura; ASESORÍAS F + M LIMITADA, RUT: 76.189.311-4, representada legalmente por Mauricio Andrés Gárate Nicoletti, ambos domiciliados en avenida Pocuro Nº 2.260, departamento Nº 1.102, comuna de Providencia; INVERSIONES AQUACORP S.A, RUT: 76.227.979-7, domiciliada en calle Bernardino Nº 1.981, oficina 402, ciudad de Puerto Montt, representada legalmente por Mauricio Andrés Gárate Nicoletti; INVERSIONES DON MEDARDO SpA, RUT: 77.197.706-5, representada legalmente por Matías Felipe Pruzzo Gárate, y por Silvana Haydée Gárate Nicoletti, con domicilio en Parcela Crucero Poniente sin número, comuna de Melipilla; e INVERSIONES NICOLETTI LIMITADA, RUT: 77.187.219-0, domiciliada en Francisco de Riveros Nº 4.343, departamento 502, comuna de Vitacura, representada legalmente por: a) Héctor Alfredo Gárate Nicoletti; b) Silvana Haydée Gárate Nicoletti y c) Mauricio Andrés Gárate Nicoletti. Los comparecientes, modificaron la sociedad “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA MIRNA LIMITADA”, inscrita a fojas 49; número 38, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, correspondiente al año 1985, en el siguiente tenor: 1) Dan cuenta de cambio de socio por aporte de derechos sociales. Los socios vienen en dar cuenta que, por escritura pública, otorgada con fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, doña Mirna María Nicoletti Trujillo, titular del ochenta por ciento de los derechos sociales, en su calidad de empresaria individual, concurrió a la modificación de Inversiones Nicoletti Limitada, a la que aportó en dominio, la totalidad de los derechos sociales, de los cuales es titular en “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA MIRNA LIMITADA”. En consecuencia, se retira como socia de la sociedad doña Mirna María Nicoletti Trujillo. Por otra parte, todos los socios, aceptan la transferencia del ochenta por ciento de los derechos sociales a Inversiones Nicoletti Limitada, la que ingresa como nuevo socio de “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA MIRNA LIMITADA”.- 2) Modificación cláusula capital. Como consecuencia de lo anterior, los actuales socios de la compañía, a objeto de reflejar la situación antes descrita, acuerdan reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, referida al capital, por el siguiente: ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos que los socios aportan y pagan como se indica a continuación: a) Inversiones Nicoletti Limitada, aporta la suma de ocho millones de pesos, equivalentes al ochenta por ciento de los derechos sociales, ya enterados a la caja social; b) Héctor Alfredo Gárate Nicoletti, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, ya enterados a la caja social; c) Inversiones Don Medardo SpA, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, ya enterados a la caja social; d) Inversiones Aquacorp S.A. aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, ya enterados a la caja social; y e) Asesorías F+M Limitada, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales, ya enterados a la caja social. En todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talagante, 04 de octubre de 2022.