Inversiones Upfunds Investments Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 13666/2022
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 5 de septiembre de 2022, Repertorio N° 13.666 / 2022, ante la Notario Titular, don Simón José Baabor Délano y don José Tomás Baabor Délano, ambos con domicilio en calle La Puntilla número quince mil setecientos noventa y cinco, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad civil de responsabilidad limitada denominada denomina Inversiones Upfunds Investments Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: a) la adquisición de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, incluyendo la gestión inmobiliaria; b) la prestación de actividades de asesoramiento empresarial y, en general, de apoyo al giro para personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras; c) la prestación de toda clase de servicios de consultoría, asesoría y asistencia profesional y técnica, en materias de naturaleza comercial, productiva, informática, laboral, inmobiliaria y financiera, y cualesquiera otras que sean afines, conexas o complementarias a las anteriores; d) el estudio, evaluación, diseño e implementación de estrategias relacionadas con el financiamiento, producción, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de productos y servicios; e) la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, y otros documentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven; f) la creación de fondos de inversión para todo tipo de emprendimientos, en especial, inmobiliarios, incluyendo el levantamiento de fondos para su puesta en marcha y desarrollo; y g) toda clase de fusiones y adquisiciones con y de todo tipo de empresas. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden conjuntamente a los señores Simón José Baabor Délano y José Tomás Baabor Délano. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los mismos socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en este acto y en dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a don Simón José Baabor Délano, en la suma de doscientos cincuenta mil pesos; y b) a don José Tomás Baabor Délano, en la suma de doscientos cincuenta mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de octubre de 2022.