Inmobiliaria GTN SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Objeto social
a) la compra y venta de bienes inmuebles rústicos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) el loteo y comercialización de inmuebles rústicos; c) la intermediación y)o negociación para la compra, venta y)o arrendamiento de inmuebles rústicos; d) la prestación de servicios de asesoría y)o consultoría para la compra y venta de inmuebles rústicos y)o actividades afines; y, e) la realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los fines indicados, con el desarrollo del objeto social o con la inversión de los fondos disponibles en la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Titular de la 8va. Notaría de Santiago, con oficio encalle Huérfanos 941, oficina 302, Santiago, Certifica: Que, con fecha 3 de octubre de 2022, bajo Rep. N° 15.378/2022, ante mí, se otorgó escritura pública de saneamiento de acta de la junta de accionistas de Inmobiliaria GTN SpA celebrada con fecha 31 de agosto de 2022, reducida a escritura pública con fecha 31 de agosto de 2022 bajo el Rep. N° 13.625/2022, en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, mediante la cual se saneó conforme la Ley N° 19.499 los vicios formales consistentes en la falta oportuna de inscripción en el Registro de Comercio competente y de publicación en el Diario Oficial en los términos del artículo 346 del Código de Comercio, del extracto de la escritura pública de 31 de agosto de 2022. En consecuencia, el extracto de la referida escritura pública de fecha 31 de agosto de 2022 Rep. N° 13.625/2022, otorgada en esta notaría, es el siguiente: “JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO, abogado, Notario suplente del titular de la 8va. Notaría de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, con oficio en calle Huérfanos 941, oficina 302, Santiago, Certifica: Que, con fecha 31 de agosto de 2022 bajo el Rep. N° 13.625/2022, ante mí, se redujo a escritura pública acta de junta de accionistas de Inmobiliaria GTN SpA, celebrada el 31 de agosto de 2022, que acordó modificar la sociedad en el siguiente sentido: I. División. Se divide la sociedad en dos sociedades: la continuadora legal, que mantendrá la actual razón social, y otra sociedad por acciones de razón social “AGRO PID PID SpA”. II. Disminución de capital. A consecuencia de división referida, se disminuye el capital social de $11.000.000 a $7.900.200 para enterar el capital de la sociedad resultante de la división. III. Modificación de estatutos. Se sustituye el artículo quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital social. El capital social asciende a la suma de $7.900.200, dividido en 9.227 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, el cual se suscribe y paga en la forma y condiciones establecidas en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán ser pagadas en dinero o en otros bienes.” y el artículo segundo transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de $7.900.200, dividido en 9.227 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas con cargo al capital de la sociedad antes de la división acordada en la junta de accionistas celebrada con fecha 31 de agosto de 2022, de conformidad con la siguiente distribución: (i) Sociedad Comercial Piedra Blanca Limitada suscribe 6.151 acciones, por un valor total de $5.266.515, las que se dan por íntegramente pagadas con cargo a su aporte en el capital social de la sociedad dividida; y, (ii) Inversiones y Asesorías DM Limitada suscribe 3.076 acciones, por un valor total de $2.633.685, las que se dan por íntegramente pagadas con cargo a su aporte en el capital social de la sociedad dividida. En consecuencia, el capital social de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Lo anterior, es sin perjuicio de las demás cuentas de patrimonio que se asignan a AGRO PID PID SpA en la división antes referida.” IV. Constitución y estatutos “AGRO PID PID SpA”. A consecuencia de la división señalada, Sociedad Comercial Piedra Blanca Limitada e Inversiones y Asesorías DM Limitada constituyen sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: “AGRO PID PID SpA”. Objeto: a) la compra y venta de bienes inmuebles rústicos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) el loteo y comercialización de inmuebles rústicos; c) la intermediación y/o negociación para la compra, venta y/o arrendamiento de inmuebles rústicos; d) la prestación de servicios de asesoría y/o consultoría para la compra y venta de inmuebles rústicos y/o actividades afines; y, e) la realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los fines indicados, con el desarrollo del objeto social o con la inversión de los fondos disponibles en la sociedad. Capital: $3.099.800, dividido en 9.227 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, íntegramente suscrito y pagado por haberse constituido la sociedad con motivo de la división de Inmobiliaria GTN SpA. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de octubre 2022. Luis Ignacio Manquehual Mery.-