MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE INGLÉS LIMITADA

RUT 78974830-6 CVE 2204116
Capital
$210.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2022
Repertorio
11393/2022
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$210.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 30/09/2022, Repertorio 11.393/2022, ante mí, señores Ángel Custodio Maulén Ríos, por sí y en representación de NECOSA S.A., Pablo Leonardo Vera Lillo, en representación de Enrique Fernando Rodríguez Villa, todos Avenida Apoquindo número 5142, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; José Ramón Valenzuela Álvarez-Salamanca, por sí y en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES 4P LIMITADA, ambos domiciliados en calle Valais número 4926, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni, domiciliado en calle Valle del Monasterio, número 3008, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada CENTRO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE INGLÉS LIMITADA en los siguientes términos: 1) A) Por este acto, la sociedad NECOSA S.A. vende, cede y transfiere el 70,378% de sus derechos sociales en la sociedad, es decir, un 67,0% de los derechos sociales totales de la sociedad, a INMOBILIARIA E INVERSIONES 4P LIMITADA, quien debidamente representada, los compra, acepta y adquiere para sí. Asimismo, NECOSA S.A., vende, cede y transfiere el restante 29,622% de sus derechos en la sociedad, es decir un 28,2% de los derechos sociales totales de la sociedad, a Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni, quien, quien los compra, acepta y adquiere para sí. b) Ángel Custodio Maulén Ríos, titular del 2,40% de los derechos sociales, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni, quien, quien los compra, acepta y adquiere para sí. c) Enrique Fernando Rodríguez Villa, titular del 2,40% de los derechos sociales, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni, quien, quien los compra, acepta y adquiere para sí. 2) El precio de la cesión es el siguiente: a) Inmobiliaria e Inversiones 4P Limitada paga a NECOSA S.A. la cantidad de $4.021.248 (cuatro millones veintiún mil doscientos cuarenta y ocho pesos), en dinero en efectivo; b) Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni paga a NECOSA S.A. la cantidad de $1.690.752 (un millón seiscientos noventa mil setecientos cincuenta y dos pesos), en dinero en efectivo; c) Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni paga a Ángel Custodio Maulén Ríos la cantidad de $144.000 (ciento cuarenta y cuatro mil pesos), en dinero en efectivo; d) Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni paga a Enrique Fernando Rodríguez Villa la cantidad de $144.000 (ciento cuarenta y cuatro mil pesos), en dinero en efectivo. 3) Como consecuencia de las cesiones anteriores, se retiran de la sociedad como socios Ángel Custodio Maulén Ríos, Enrique Fernando Rodríguez Villa y NECOSA S.A. Asimismo quedan como únicos socios de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones 4P Limitada y Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni. 4) Con motivo de las cesiones de derechos recién efectuadas, los derechos sociales quedan distribuidos en la siguiente forma: a) Inmobiliaria e Inversiones 4P Limitada, es dueña de un 67,0% de los derechos sociales; y b) Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni es dueño de un 33,0% de los derechos sociales. Los únicos y actuales socios, acuerdan modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: a) Se reemplaza la cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $210.000.000 (doscientos diez millones de pesos) que los socios aportaron y pagaron de la siguiente forma: a) INMOBILIARIA E INVERSIONES 4P LIMITADA aportó la suma de $140.700.000 (ciento cuarenta millones setecientos mil pesos), equivalentes a un 67% del capital y de los derechos sociales, monto íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha; y b) Don Christian Lawrence Antonio Sprohnle Ceroni aportó la suma de $69.300.000 (sesenta y nueve millones trescientos mil pesos), equivalentes a un 33% del capital y de los derechos sociales, monto íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha.”; b) Se cambia la cláusula séptima de los estatutos, en aquella parte en que hace referencia al administrador de la sociedad, quedando del siguiente tenor: “SÉPTIMO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a José Ramón Valenzuela Álvarez-Salamanca, quien anteponiendo su firma a la razón social, en el ejercicio de sus atribuciones contará con las más amplias facultades de administración y disposición, sin perjuicio de poder delegar sus facultades en un tercero, pudiendo en consecuencia realizar todos los actos unilaterales, bilaterales, celebrar todos los contratos, ejecutar todas las convenciones, que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estime necesario o adecuado para su cumplimiento. Sin que la enumeración sea taxativa sino meramente ejemplar, podrá:…”. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rige plenamente el estatuto social de la sociedad CENTRO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE INGLÉS LIMITADA. Se facultó portador extracto para legalización.- Demás estipulaciones en escritura extractada. mmo.-