MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BLEU UNLIMITED AGENCIA DE PUBLICIDAD SpA

RUT 77538822-6 CVE 2204335
Fecha instrumento
14 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
BLEU UNLIMITED AGENCIA DE PUBLICIDAD SpA socio 77538822-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de octubre de 2022, Rep. N° 26.344-2022, ante mí, don Esteban Nicolás Espinoza Vera, cédula de identidad N°17.031.800-5, y don Anibal Perez Zarlenga, Pasaporte N°AAC441181, ambos domiciliados para estos efectos en Caupolicán N°1.050, comuna de Providencia; modificaron la sociedad BLEU UNLIMITED AGENCIA DE PUBLICIDAD SpA, RUT N°77.538.822-6, constituida por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, extracto inscrito a fs. 16.126, N°7.697 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022; en el siguiente sentido: Los accionistas modificaron el artículo octavo del pacto social, referente a la administración, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Octavo: “La Sociedad será administrada y representada por un Administrador elegido por la Junta de Accionistas o bien, en sustitución de la Junta, por acuerdo unánime de todos los accionistas y otorgado a través de escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, pudiendo el Administrador ser o no accionista. En este acto, se designa como Administrador de la Sociedad a don ESTEBAN NICOLÁS ESPINOZA VERA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones treinta y un mil ochocientos guion cinco, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y en general realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. El Administrador deberá rendir cuenta de forma trimestral a los accionistas, dando cuenta del estado de la gestión y del negocio”.- En todo lo no modificado permanece vigente los estatutos sociales. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, Santiago, 17 de octubre de 2022.-