V & C CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de octubre de 2022
- Repertorio
- 10036/2022
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley N°18.045
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 5 de octubre de 2022, Repertorio Nº 10.036/2022, ante mí, se redujo a escritura pública, debidamente facultado el abogado Ardy Bombin Spuler, Acta Junta Extraordinaria de Accionistas, donde modificaron los estatutos sociales, de la Sociedad celebrada 05 octubre de 2022 de “V & C CORREDORES DE SEGUROS SpA”, inscrita a fojas 30418 Nº 14049, del Registro de Comercio del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en que unanimidad de accionistas acordó modificar estatutos sociales de “V & C CORREDORES DE SEGUROS SpA”, Doña Victoria Soledad Carreño Aguilera , Chilena, divorciada, Factor de Comercio, cédula nacional de identidad número 13.081.675-4, domiciliado en Virginia subercaseux número cuatro mil parcela N° 140, comuna de Pirque, Región Metropolitana, 46 años, es constituyente de sociedad nombre “V & C CORREDORES DE SEGUROS SpA” ARTÍCULO PRIMERO: Por escritura pública de fecha trece de abril de dos mil veintidós, se constituyó la sociedad “V & C CORREDORES DE SEGUROS SpA”. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas treinta mil cuatrocientos dieciocho, número catorce mil cuarenta y nueve, del Registro de Comercio del año dos mil veintidós, además se inscribió modificación que rola a fojas cincuenta y tres mil ochenta y tres, número veintitrés mil seiscientos sesenta y cinco del año dos mil veintidós, y otra modificación rola a fojas setenta y dos mil ochocientos setenta y cinco, número treinta y un mil ochocientos sesenta y cinco del año dos mil dos, todas las inscripciones del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El mismo extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil trescientos cuarenta y ocho, del ocho de septiembre, año dos mil veintidós. A la fecha de este instrumento, la sociedad tiene un capital nominal es de UN MILLÓN de pesos, distribuido en la siguiente participación accionaria, según consta en el Registro Accionistas respectivo: doña Victoria Soledad Carreño Aguilera, es titular del cien por ciento de las acciones, que representan cien por ciento del capital de la sociedad;.- Por acuerdo unánime de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, de fecha 05 de octubre de dos mil veintidós se adoptó el acuerdo de modificar los estatutos sociales: que se pasa a modificar al siguiente tenor: Artículo Segundo: Al siguiente tenor: El objeto de la sociedad: será la intermediación de seguros, solo a modo de ejemplo, como son seguros de vida, de accidente y enfermedad, seguros generales, asesoría profesional, siempre en concordancia con el objeto social y previa obtención de la pertinente autorización administrativa. Con cualquier entidad nacional radicada en el país, sin excluir las intermediaciones en el extranjero, además, de asociarse con empresas extranjera dentro del país y a toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios estimen pertinente y estén autorizadas por los organismos competentes. Se modifica al siguiente tenor. Artículo Vigésimo Sexto: Artículo Vigésimo Sexto: La junta de accionistas designara, anualmente a una empresa de auditoría externa de aquellas reguladas en el Título XXVIII de la ley N°18.045 e inscritas de conformidad a la ley", a fin de que examinen la contabilidad, inventario y balance y otros estados financieros de la Sociedad e informen por escrito a la Junta de Accionistas sobre el cumplimiento de su mandato. ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Se faculta a don ARDY ALEJANDRO BOMBIN SPULER, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos uno guión seis, para requerir y firmar en el Registro de Comercio pertinente las inscripciones, subinscripciones y anotaciones correspondientes, realizar todos los demás trámites tendientes a su completa legalización, como asimismo otorgar y firmar, en representación de todos los comparecientes, las escrituras públicas aclaratorias, complementarias y/o rectificatorias y las minutas que fueren menester. TERCERO: Lo no modificado por este instrumento y aprobado por esta junta extraordinaria de accionistas, continua vigente pacto social constituido. CUARTO: No habiendo más asuntos que tratar la señora Presidente dio por concluida la Junta Extraordinaria de Accionistas siendo las doce horas, resolviendo la Junta General de Accionistas facultar, por acuerdo unánime de los accionistas, al abogado señor Ardy Alejandro Bombin Spuler, cédula de identidad Nº 13.3974016, para reducir a escritura pública todo o parte del Acta que se levante de esta Junta de Accionistas y para legalizar el extracto de la misma. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de octubre de 2022.-