SOCIEDAD PANIFICADORA ESPAÑA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2022
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de Septiembre de 2022, otorgada ante mí, doña ENA VERONICA BELLEMANS BUSTOS, chilena, profesora, viuda, cedula de identidad número seis millones ochocientos tres mil ochocientos ochenta y uno guión dos, domiciliada en calle Las Tranqueras número cero mil quinientos quince de la ciudad de Temuco; doña SOFIA IGNACIA ARBULÚ BELLEMANS, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cinco mil ochenta y dos guión cuatro, con domicilio en calle Las Tranqueras número cero mil quinientos quince de la ciudad de Temuco; don GONZALO FRANCISCO ARBULÚ BELLEMANS, chileno, trabajador independiente, casado, cédula de identidad número doce millones treinta y seis mil setecientos cincuenta y seis guión cero, domiciliado en avenida Luis Durand número cero cuatro mil ciento cincuenta y uno, departamento Tres B trescientos seis, comuna de Temuco; y doña CAROLINA ALEJANDRA ARBULÚ BELLEMANS, chilena, divorciada, contador auditor, cédula de identidad número doce millones treinta y seis mil novecientos veintiséis guión uno, domiciliada en pasaje Canal Beagle número cero dos mil setecientos cincuenta y uno, de la ciudad de Temuco, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: "SOCIEDAD PANIFICADORA ESPAÑA LIMITADA", rol único tributario número setenta y nueve millones seiscientos ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta guión K; constituida con fecha veinticuatro de Octubre de mil novecientos ochenta y seis, publicada en el diario oficial el día catorce de Noviembre de mil novecientos ochenta y seis e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco el once de Noviembre de mil novecientos ochenta y seis, a fojas seiscientos once, número trescientos treinta y dos, del año mil novecientos ochenta y seis.- PRESENTES MODIFICACIONES: A) Don GONZALO FRANCISCO ARBULÚ BELLEMANS, vende cede y transfiere a doña SOFIA IGNACIA ARBULÚ BELLEMANS la totalidad de su participación y haber social en la mencionada sociedad, equivalentes al dieciséis por ciento. El precio de esta cesión es la suma de TRES MILLONES DE PESOS, que doña SOFIA IGNACIA ARBULÚ BELLEMANS, pagó con anterioridad al acto escritura, en dinero efectivo a don GONZALO FRANCISCO ARBULÚ BELLEMANS, forma de pago que este acepta a su entera conformidad y satisfacción.- B) El uso de la razón social, la administración y representación judicial o extrajudicial de la sociedad, será de doña ENA VERONICA BELLEMANS BUSTOS, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, disponiendo de las facultades ordinarias indicadas en el artículo dos mil ciento treinta y dos del Código Civil, además de la celebración de todos los actos o contratos establecidos en la cláusula quinta de la escritura primitiva de constitución de sociedad ya individualizada y conocida por los comparecientes.- En consecuencia de la cesión precedente, quedan como únicos y exclusivos socios, desde este momento doña ENA VERONICA BELLEMANS BUSTOS, doña CAROLINA ALEJANDRA ARBULÚ BELLEMANS y doña SOFIA IGNACIA ARBULÚ BELLEMANS.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo conocido por las partes.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 06 de Octubre de 2022.-