Inversiones y Asesorías Elifrasof Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 72236-2022
- Notario
- ROBERTO PUGA PINO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2022, bajo repertorio N°72.236-2022, otorgada ante mí, Francisco Carey Carvallo, María de la Paz Larraín Tagle y Carolina Campino Carvallo, todos domiciliados en Miraflores número 222, piso 28, comuna y ciudad Santiago, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones y Asesorías Elifrasof Limitada (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.087.829-4, inscrita a fojas 6892, N°4697 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010, en el siguiente sentido: I. Carolina Campino Carvallo, con el expreso consentimiento de don Francisco Carey Carvallo, vendió, cedió y transfirió a doña María de la Paz Larraín Tagle, la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, esto es, derechos correspondientes al cinco por ciento del capital de la Sociedad; por el precio y condiciones establecidas en la referida escritura. Como consecuencia de lo anterior, doña Carolina Campino Carvallo se retira de la Sociedad.; II. Aumento de capital de la suma de un millón de pesos, a la cantidad de un millón ochocientos mil pesos, esto es, en la cantidad de ochocientos mil pesos, suma que es pagada y aportada íntegramente por doña María de la Paz Larraín Tagle. III. Como consecuencia de la cesión de derechos y el aumento de capital que dan cuenta los numerales I y II precedentes, se reemplazó íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón ochocientos mil pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: /a/ Francisco Carey Carvallo, aporta novecientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y /b/ María de la Paz Larraín Tagle, aporta la suma novecientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social”. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre 2022. Roberto Puga Pino, Notario Público Suplente, 2da Notaría de Santiago.