MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RIO BAKER Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76059232-3 CVE 2203511

Instrumento

Notario
ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
Domicilio
Linares

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Notario Público Linares, Chacabuco 551-A certifica: Por escritura hoy ante mí, don MARCO ANTONIO CORREA MIRANDA, cédula nacional de identidad número 6.999.037-1; por sí y en nombre y representación de don LUCAS RAIMUNDO CORREA JERIA, cédula nacional de identidad número 15.547.384-3 y de doña MARÍA JOSEFINA CORREA JERIA, cédula nacional de identidad número 16.238.314-0, todos domiciliados en calle Andrés Bello número 765, oficina 92, de la comuna de Temuco y de paso por ésta.- Los comparecientes declaran que son los únicos socios de la compañía denominada “INVERSIONES RIO BAKER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.059.232-3, constituida por escritura pública de fecha trece de octubre del año dos mil ocho dos mil ocho, suscrita ante el notario Público de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, don Fernando Alzate Claro, suplente del titular doña Antonieta Mendoza Escalas. Un extracto de la escritura de constitución fue inscrita a fojas mil doscientos sesenta y cuatro vuelta, bajo el número mil trescientos siete del Registro de Comercio del año dos mil ocho del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Temuco y publicado en el Diario Oficial Edición número treinta nueve mil doscientos veinte datada el veinticuatro de noviembre del año dos mil ocho.- El capital social declarado en la constitución social asciende a la suma de setenta millones seiscientos veinticinco mil pesos.- RECTIFICACIÓN: UNO) Que, por un yerro involuntario de cálculo numérico en cuando a la sumatoria del total de los aportes al capital social, se estipuló en la cláusula cuarta de la escritura pública constitutiva referida, que el capital social ascendía a la suma de setenta millones seiscientos veinticinco mil pesos. En virtud de lo anterior, mediante este acto, los comparecientes, por sí y debidamente representados, vienen en rectificar la cláusula cuarta de la escritura constitutiva referida, referente a los aportes y capital social, cuya redacción en lo pertinente queda como sigue: “El capital de la sociedad es la suma de SETENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS que los socios aportan de la siguiente forma (…)”.- DOS) Que, por un yerro involuntario, se indicó en la comparecencia de la escritura pública constitutiva referida que la cédula nacional de identidad de don LUCAS RAIMUNDO CORREA JERIA, era quince millones quinientos cuarenta y siete mil trescientos ochenta y cuatro guion siete. En virtud de lo anterior, mediante este acto, los comparecientes, por sí y debidamente representados, vienen en rectificar dicha información, en el sentido de que la cédula nacional de identidad del socio ya referido es quince millones quinientos cuarenta y siete mil trescientos ochenta y cuatro guion tres.- MODIFICACIÓN: Que, mediante este acto, los comparecientes, por sí y debidamente representados, modifican la cláusula Novena referente a la administración, específicamente la facultades contenidas en el número veintiuno del contrato social, cuya redacción final queda como sigue: VEINTIUNO) Obligar a la Sociedad en el otorgamiento, constitución y aceptación de hipotecas y/o prendas de cualquier naturaleza sobre los bienes de la sociedad para operaciones o actos jurídicos propios del giro social o de los socios considerados como personas naturales; avalar, afianzar y asumir codeudoría solidaria e indivisibilidad, incluso con cláusula de garantía general, en operaciones o actos jurídicos de los socios considerados como personas naturales; aceptar servidumbres de todo tipo y otros gravámenes. En lo no modificado rige pacto social.- Los comparecientes dejan sin efecto cualquiera otra modificación, rectificación, saneamiento y/o complementación societaria previa a este acto que no se hubiere inscrito previamente en el registro de comercio pertinente, para todos los efectos legales.- Linares, 7 de Octubre de 2022.