CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES COSTANERA LIMITADA

CVE 2203384
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de agosto de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de agosto de 2022
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 50 años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años. Forma señalada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será obtener rentas y percibir los frutos de sus inversiones pudiendo invertir en todo tipo de bienes y derechos, muebles e inmuebles, corporales y)o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar y administrar, por cuenta propia o ajena y a cualquier título dichos bienes; la constitución y participación en sociedades ya constituidas, sea cual fuere su naturaleza, en Chile o el extranjero, participar o constituir derechos en comunidades, asociaciones, fondos de inversión privados, cualquiera que sea su naturaleza y giro; subdividir, fusionar, lotear y urbanizar terrenos y en general desarrollar todo tipo de proyectos inmobiliarios y comerciales. En general podrá desarrollar cualquier actividad que determine la administración de la sociedad. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital como también en cualquier otra forma de organización industrial, civil o comercial

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Claudia Marcela Espinoza Pineda, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, certifica: Por escritura pública de 17 de agosto de 2022, ante mí, Leonardo Jorge Bravo Quispe e Claudia Marcela Espinoza Pineda ambos domiciliados en Avenida Francisco Bilbao Nº 2.880, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y de paso en ésta, son los actuales y únicos socios de INVERSIONES PARNELL LIMITADA, inscrita a fojas 63.308 número 38.855 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, acordaron una división entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto: UNO) Disminución de capital: con motivo de la división, se disminuye el capital de la sociedad INVERSIONES PARNELL LIMITADA, ascendente a la suma de $1.000.000.-, en la suma de $626.461.-, quedando reducido a $373.539.-. Como consecuencia, se reemplaza el Artículo Cuarto del Estatuto Social, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de trescientos setenta y tres mil quinientos treinta y nueve pesos, que los socios, enteran y pagan de la siguiente forma: a) Don LEONARDO JORGE BRAVO QUISPE, entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, la suma de trescientos treinta y seis mil ciento ochenta y cinco pesos, equivalente al noventa por ciento de los derechos y capital social y; b) Doña CLAUDIA MARCELA ESPINOZA PINEDA, entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, la suma de treinta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro pesos, equivalente al diez por ciento de los derechos y capital social”. DOS) División: Los socios aprueban los estatutos de la nueva sociedad INVERSIONES COSTANERA LIMITADA que se constituye con motivo de la división: Razón social: INVERSIONES COSTANERA LIMITADA. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otros lugares, incluso fuera del territorio nacional. Objeto: El objeto de la sociedad será obtener rentas y percibir los frutos de sus inversiones pudiendo invertir en todo tipo de bienes y derechos, muebles e inmuebles, corporales y/o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar y administrar, por cuenta propia o ajena y a cualquier título dichos bienes; la constitución y participación en sociedades ya constituidas, sea cual fuere su naturaleza, en Chile o el extranjero, participar o constituir derechos en comunidades, asociaciones, fondos de inversión privados, cualquiera que sea su naturaleza y giro; subdividir, fusionar, lotear y urbanizar terrenos y en general desarrollar todo tipo de proyectos inmobiliarios y comerciales. En general podrá desarrollar cualquier actividad que determine la administración de la sociedad. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital como también en cualquier otra forma de organización industrial, civil o comercial. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 50 años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años. Forma señalada en escritura extractada. Capital social: El capital de la sociedad asciende a la suma de $626.461.-, que ha sido aportado por todos los socios en los siguientes términos: a) Don LEONARDO JORGE BRAVO QUISPE, entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, la suma de quinientos sesenta y tres mil ochocientos quince pesos, equivalente al noventa por ciento de los derechos y capital social y; b) Doña CLAUDIA MARCELA ESPINOZA PINEDA, entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, la suma de sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y seis pesos, equivalente al diez por ciento de los derechos y capital social. Administración, representación y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Claudia Marcela Espinoza Pineda, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades señaladas en la escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de octubre de 2022.