MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES OPC LIMITADA

RUT 77939320-8 CVE 2203412
Capital
$958.862 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$958.862 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2022, ante mí, don JOSÉ RAFAEL OSVALDO PÉREZ CAMPINO, OSVALDO JOSÉ PÉREZ FABRES, los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Avenida Vitacura N°2.909, oficina 603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, ALEJANDRA REGINA PÉREZ FABRES, domiciliada en Avenida Los Tuliperos N°13.122, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, TRINIDAD PÉREZ FABRES, domiciliada en calle Paraná N°8.359, departamento 702, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES OPC LIMITADA, acordaron modificar la sociedad en el siguiente sentido: 1) Dar cuenta que, por escritura pública de fecha 19 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, se acordó la partición, liquidación y adjudicación parcial de la comunidad quedada al fallecimiento del causante Nicolás Pérez Fabres, adjudicándose el 1% de la participación en Inmobiliaria e Inversiones OPC Limitada a los señores don Osvaldo José Pérez Fabres, doña Alejandra Regina Pérez Fabres y doña Trinidad Pérez Fabres, en la proporción señalada en escritura extractada. 2) El restante socio de la sociedad, esto es, don José Rafael Osvaldo Pérez Campino, viene en aceptar expresamente la incorporación de don Osvaldo José Pérez Fabres, doña Alejandra Regina Pérez Fabres y doña Trinidad Pérez Fabres. 3) Producto de lo anterior, se acuerda reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $958.862, íntegramente suscrito y pagado por los socios de la siguiente forma: a) JOSÉ RAFAEL OSVALDO PÉREZ CAMPINO, la suma de $949.273, equivalentes al 99% por ciento aproximadamente de participación en el capital y derechos sociales; b) OSVALDO JOSÉ PÉREZ FABRES, la suma de $3.261, equivalente al 0,34% aproximadamente de participación en el capital y derechos sociales; c) ALEJANDRA REGINA PÉREZ FABRES, la suma de $3.164, equivalente al 0,33% aproximadamente de participación en el capital y derechos sociales; y, d) TRINIDAD PÉREZ FABRES, la suma de $3.164, equivalente al 0,33% aproximadamente de participación en el capital y derechos sociales”. 4) Se acuerda modificar la administración de la sociedad, reemplazando el Artículo Noveno de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, la cual corresponderá separada e indistintamente a don José Rafael Osvaldo Pérez Campino, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con facultades señaladas en escritura extractada. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos de la sociedad. Sociedad inscrita a fojas 33.199, N°26.823 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002. Santiago, 13 de octubre de 2022.