Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2022
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La prestación de servicios profesionales ambulatorios en el área de la salud, especialmente en el área de la urgenciología, enfermería y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada con lo anterior, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos del sector público, municipal o privado; la administración, concesión y explotación, a cualquier título, de centros médicos y cualquier otra actividad que los accionistas determinen de común acuerdo
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá única y exclusivamente a don JUAN PABLO AGUIL CONCHA, quien anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 14 de octubre de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42ª Notaria Santiago, Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifica: Por escritura de fecha 11 de octubre de 2022, otorgada ante el Notario Suplente don José Leonardo Brusi Nuñoz, JUAN PABLO AGUIL CONCHA, Médico especialidad en medicina de urgencias, CI N°17.494.661-2, domiciliado en calle Dublé Almeyda 1424 departamento 1111, Ñuñoa, y LUDOVINA DE LAS MERCEDES CONCHA ANDRADES, técnico en enfermería nivel superior, CI N°9.869.730-6, domiciliada en calle Quince y medio poniente N°0966, Talca, constituyeron sociedad por acciones de cuyas disposiciones extracto lo siguiente: RAZON SOCIAL: CRITICAL CARE SPA. OBJETO: La prestación de servicios profesionales ambulatorios en el área de la salud, especialmente en el área de la urgenciología, enfermería y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada con lo anterior, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos del sector público, municipal o privado; la administración, concesión y explotación, a cualquier título, de centros médicos y cualquier otra actividad que los accionistas determinen de común acuerdo. DOMICILIO: ciudad de Santiago dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. DURACION: indefinida. CAPITAL: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga siguiente forma: a) don JUAN PABLO AGUIL CONCHA, suscribe 60 acciones, con la suma de $600.000 que paga en este acto en dinero efectivo, que ingresa en la caja social; b) y LUDOVINA DE LAS MERCEDES CONCHA ANDRADES, suscribe 40 acciones, con la suma de $400.000 que paga en este acto en dinero efectivo, que ingresa en la caja social. DE LA ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad le corresponderá única y exclusivamente a don JUAN PABLO AGUIL CONCHA, quien anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 14 de octubre de 2022.